La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 43, comprendido en el CAPÍTULO III sobre Centros docentes y Centro Universitario de la Guardia Civil, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido de los centros docentes de perfeccionamiento y altos estudios profesionales de la Guardia civil.
Se señala que la enseñanza de perfeccionamiento y la de altos estudios profesionales se impartirá en la estructura docente de la Guardia Civil o, en su caso, en la de los Ministerios de Defensa y del Interior, de las Administraciones Públicas o de otras Instituciones, nacionales o extranjeras cuando así se determine.
jueves, 30 de abril de 2015
miércoles, 29 de abril de 2015
La Unidad Central de Droga y Crimen Organizado de la Comisaría General de la Policía Judicial de la Policía Nacional
El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior regula en su artículo 3 la Dirección General de la Policía Nacional.
En la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, se desarrolla dentro de esta Dirección General, en su artículo 7 la Comisaría General de Policía Judicial.
Dentro de la Comisaría General de Policía Judicial se establece un órgano especializado en la investigación del crimen organizado. La llamada:
La Unidad Central de Droga y Crimen Organizado. Asume la investigación y persecución de las actividades delictivas, de ámbitos nacional y transnacional, relacionadas con el tráfico de drogas, con arreglo a las competencias atribuidas en el artículo 12. 1 A) e) de la LO 2/1986, de 13 de marzo, y el crimen organizado, así como la coordinación operativa y el apoyo técnico de las respectivas unidades territoriales.
En la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, se desarrolla dentro de esta Dirección General, en su artículo 7 la Comisaría General de Policía Judicial.
Dentro de la Comisaría General de Policía Judicial se establece un órgano especializado en la investigación del crimen organizado. La llamada:
La Unidad Central de Droga y Crimen Organizado. Asume la investigación y persecución de las actividades delictivas, de ámbitos nacional y transnacional, relacionadas con el tráfico de drogas, con arreglo a las competencias atribuidas en el artículo 12. 1 A) e) de la LO 2/1986, de 13 de marzo, y el crimen organizado, así como la coordinación operativa y el apoyo técnico de las respectivas unidades territoriales.
martes, 28 de abril de 2015
Régimen interno de los centros de formación de la Guardia civil
La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 42, comprendido en el CAPÍTULO III sobre Centros docentes y Centro Universitario de la Guardia Civil, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido del régimen interno de los centros docentes de la Guardia civil.
Dicho artículo establece como objetivos de los centros docentes los siguientes:
a) Facilitar el desarrollo de los planes de estudios de tal forma que estos se ajusten a las finalidades señaladas en el artículo 44.
b) Combinar la adaptación del alumno a las características propias de la Guardia Civil, derivadas de su pertenencia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de su naturaleza militar, con su adecuada integración en la sociedad.
c) Contribuir a la formación integral del alumno, así como al conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes y fomentar su propia iniciativa.
d) Integrar las relaciones de disciplina militar con las propias entre profesores y alumnos que se derivan del proceso de formación.
Dicho artículo establece como objetivos de los centros docentes los siguientes:
a) Facilitar el desarrollo de los planes de estudios de tal forma que estos se ajusten a las finalidades señaladas en el artículo 44.
b) Combinar la adaptación del alumno a las características propias de la Guardia Civil, derivadas de su pertenencia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de su naturaleza militar, con su adecuada integración en la sociedad.
c) Contribuir a la formación integral del alumno, así como al conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes y fomentar su propia iniciativa.
d) Integrar las relaciones de disciplina militar con las propias entre profesores y alumnos que se derivan del proceso de formación.
lunes, 27 de abril de 2015
Unidad Central contra las Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales de la Policía Nacional
La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece, dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, regulada en su artículo 9, la Unidad Central contra las redes de inmigración ilegal y Falsedades Documentales:.
A la Unidad Central contra las Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales le corresponde la investigación de las actividades delictivas, de ámbitos nacional y transnacional, relacionadas con la trata de seres humanos, el tráfico de personas, la inmigración ilegal y las falsedades documentales en esta materia, así como de los delitos conexos a aquéllos; realiza la coordinación operativa y apoyo técnico de las Brigadas y Unidades territoriales; la captación, análisis, explotación, seguimiento, difusión e intercambio, tanto a organismos nacionales como internacionales, de información relativa a la inmigración irregular, tráfico de seres humanos y de cualquier otro aspecto relacionado con la extranjería y tráfico de personas; y las funciones de inteligencia y planificación de la información de carácter policial en materia de extranjería. Funciona como Oficina Central Nacional a este respecto en relación con otros organismos o entidades que actualmente existen o que puedan establecerse.
A la Unidad Central contra las Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales le corresponde la investigación de las actividades delictivas, de ámbitos nacional y transnacional, relacionadas con la trata de seres humanos, el tráfico de personas, la inmigración ilegal y las falsedades documentales en esta materia, así como de los delitos conexos a aquéllos; realiza la coordinación operativa y apoyo técnico de las Brigadas y Unidades territoriales; la captación, análisis, explotación, seguimiento, difusión e intercambio, tanto a organismos nacionales como internacionales, de información relativa a la inmigración irregular, tráfico de seres humanos y de cualquier otro aspecto relacionado con la extranjería y tráfico de personas; y las funciones de inteligencia y planificación de la información de carácter policial en materia de extranjería. Funciona como Oficina Central Nacional a este respecto en relación con otros organismos o entidades que actualmente existen o que puedan establecerse.
viernes, 24 de abril de 2015
Centro Universitario de la Guardia Civil
La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 41, comprendido en el CAPÍTULO III sobre Centros docentes y Centro Universitario de la Guardia Civil, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido del centro universitario de la Guardia civil.
Este Centro se encuentra adscrito a una o varias universidades públicas con la finalidad de impartir las enseñanzas correspondientes al título de grado universitario del sistema universitario español a que hace referencia el artículo 29 de la Ley 29/2014 , conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. La titularidad del citado centro, ubicado en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, corresponderá al Ministerio del Interior.
El Centro universitario de la Guardia Civil se regirá por la Ley Orgánica antes mencionada, por esta Ley, y por los correspondientes convenios de adscripción, que tendrán en cuenta las peculiaridades de la carrera profesional de los guardias civiles. Contará con personalidad jurídica propia y con presupuesto propio financiado con cargo al del Ministerio del Interior.
Este Centro se encuentra adscrito a una o varias universidades públicas con la finalidad de impartir las enseñanzas correspondientes al título de grado universitario del sistema universitario español a que hace referencia el artículo 29 de la Ley 29/2014 , conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. La titularidad del citado centro, ubicado en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, corresponderá al Ministerio del Interior.
El Centro universitario de la Guardia Civil se regirá por la Ley Orgánica antes mencionada, por esta Ley, y por los correspondientes convenios de adscripción, que tendrán en cuenta las peculiaridades de la carrera profesional de los guardias civiles. Contará con personalidad jurídica propia y con presupuesto propio financiado con cargo al del Ministerio del Interior.
jueves, 23 de abril de 2015
Servicio de Medios Aéreos de la Policía Nacional
La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece, dentro de la estructura orgánica de la División Económica y Técnica, regulada en su artículo 14, el Servicio de Medios Aéreos.
La División Económica y Técnica estará integrada por la siguiente unidad:
Secretaría General.
Le corresponde el apoyo y asistencia a la División, analiza y planifica sus líneas generales de actuación, y gestiona los asuntos relativos al régimen de personal y medios adscritos a la misma; gestiona la explotación de los medios aéreos, su control y mantenimiento, así como la coordinación, supervisión y control de las bases periféricas, sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de las respectivas Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales o Comisarías Locales donde tengan su sede. Se responsabiliza además de las bases de datos propias de la División, así como del impulso de las actividades relacionadas con la investigación y desarrollo en las áreas de competencia de la División.
Su titular, como segundo Jefe de la División, sustituye al responsable de ésta en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
La División Económica y Técnica estará integrada por la siguiente unidad:
Secretaría General.
Le corresponde el apoyo y asistencia a la División, analiza y planifica sus líneas generales de actuación, y gestiona los asuntos relativos al régimen de personal y medios adscritos a la misma; gestiona la explotación de los medios aéreos, su control y mantenimiento, así como la coordinación, supervisión y control de las bases periféricas, sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de las respectivas Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales o Comisarías Locales donde tengan su sede. Se responsabiliza además de las bases de datos propias de la División, así como del impulso de las actividades relacionadas con la investigación y desarrollo en las áreas de competencia de la División.
Su titular, como segundo Jefe de la División, sustituye al responsable de ésta en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
miércoles, 22 de abril de 2015
Los centros docentes de formación de la Guardia civil
La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 40, comprendido en el CAPÍTULO III sobre Centros docentes y Centro Universitario de la Guardia Civil, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido de los centros docentes de formación de la Guardia civil.
Así, recoge que la enseñanza de formación se impartirá en academias pertenecientes a la estructura docente de la Guardia Civil, regulándose los sistemas y modalidades de acceso en el Capítulo II del Título IV de la Ley 29/2014. Dichos centros serán responsables de la enseñanza de formación militar, de Cuerpo de Seguridad y técnica que corresponda.
La enseñanza de formación para la incorporación a la escala de oficiales se impartirá en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil.
Así, recoge que la enseñanza de formación se impartirá en academias pertenecientes a la estructura docente de la Guardia Civil, regulándose los sistemas y modalidades de acceso en el Capítulo II del Título IV de la Ley 29/2014. Dichos centros serán responsables de la enseñanza de formación militar, de Cuerpo de Seguridad y técnica que corresponda.
La enseñanza de formación para la incorporación a la escala de oficiales se impartirá en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil.
martes, 21 de abril de 2015
UPAP, Unidad de prevención, asistencia y protección contra los malos tratos a la mujer.
La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece, dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, regulada en su artículo 8, que estará integrada por la siguiente Unidad recogida en su punto 6º:
Le corresponde impulsar, controlar y evaluar el funcionamiento de las distintas Unidades dedicadas a la prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana, canalizar las relaciones con los colectivos ciudadanos para la atención de las demandas sociales en materia policial, promover la implantación de los planes de prevención dirigidos a los colectivos vulnerables y coordinar la actuación de las Unidades que tienen asignada la protección de las víctimas en materia de violencia de género.
Las Unidades de prevención, Asistencia y Protección contra los Malos Tratos a la Mujer UPAP nacen para dar respuesta policial a la violencia de género.
- Unidad Central de Participación Ciudadana.
Le corresponde impulsar, controlar y evaluar el funcionamiento de las distintas Unidades dedicadas a la prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana, canalizar las relaciones con los colectivos ciudadanos para la atención de las demandas sociales en materia policial, promover la implantación de los planes de prevención dirigidos a los colectivos vulnerables y coordinar la actuación de las Unidades que tienen asignada la protección de las víctimas en materia de violencia de género.
Las Unidades de prevención, Asistencia y Protección contra los Malos Tratos a la Mujer UPAP nacen para dar respuesta policial a la violencia de género.
lunes, 20 de abril de 2015
Los centros docentes de la Guardia civil
La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 39, comprendido en el CAPÍTULO III sobre Centros docentes y Centro Universitario de la Guardia Civil, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido de los centros docentes de la Guardia civil.
Así, recoge la definición de centro docente como "El centro perteneciente a la estructura docente de la Guardiacivil, cuya finalidad principal es impartir alguno o algunos de los tipos de enseñanza recogidos en el artículo 28.3 (de la Ley 29/2014 de Régimen de personal), recibiendo genéricamente los nombres de centros docentes de formación, de perfeccionamiento o de altos estudios profesionales."
La competencia para crear centros docentes de formación de la Guardia Civil corresponde al Gobierno. Cuando se trate de centros de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales la competencia corresponderá al Ministro de Defensa o al Ministro del Interior, según la naturaleza de la materia, teniendo en cuenta el informe del otro ministerio.
El mando, la dirección y el gobierno de los centros docentes de la Guardia Civil se ejerce por su director, que será un miembro de la Guardia Civil. Ostenta la máxima autoridad del centro, la representación del mismo e informa y efectúa la propuesta de designación de profesores.
Así, recoge la definición de centro docente como "El centro perteneciente a la estructura docente de la Guardiacivil, cuya finalidad principal es impartir alguno o algunos de los tipos de enseñanza recogidos en el artículo 28.3 (de la Ley 29/2014 de Régimen de personal), recibiendo genéricamente los nombres de centros docentes de formación, de perfeccionamiento o de altos estudios profesionales."
La competencia para crear centros docentes de formación de la Guardia Civil corresponde al Gobierno. Cuando se trate de centros de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales la competencia corresponderá al Ministro de Defensa o al Ministro del Interior, según la naturaleza de la materia, teniendo en cuenta el informe del otro ministerio.
El mando, la dirección y el gobierno de los centros docentes de la Guardia Civil se ejerce por su director, que será un miembro de la Guardia Civil. Ostenta la máxima autoridad del centro, la representación del mismo e informa y efectúa la propuesta de designación de profesores.
viernes, 17 de abril de 2015
Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional
La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece, dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, regulada en su artículo 8, que estará integrada por las siguiente Unidad:
Unidad Central de Seguridad Privada.
En su condición de Autoridad Nacional de Control, le corresponde el ejercicio de las funciones de control de las empresas y del personal de seguridad privada, de sus actuaciones y servicios, así como las relativas a las comprobaciones de las medidas de seguridad, y aquellas otras que les estén atribuidas en la normativa específica sobre esta materia, ejerciendo la coordinación y la dirección técnica de las respectivas Unidades territoriales. De esta Unidad dependerán:
Unidad Central de Seguridad Privada.
En su condición de Autoridad Nacional de Control, le corresponde el ejercicio de las funciones de control de las empresas y del personal de seguridad privada, de sus actuaciones y servicios, así como las relativas a las comprobaciones de las medidas de seguridad, y aquellas otras que les estén atribuidas en la normativa específica sobre esta materia, ejerciendo la coordinación y la dirección técnica de las respectivas Unidades territoriales. De esta Unidad dependerán:
- a) Brigada Central de Inspección e Investigación, que asume la ejecución de las actuaciones policiales de inspección de los servicios, actuaciones y medidas de seguridad e investigación del intrusismo y de las infracciones cometidas en este ámbito, así como las relaciones de colaboración con el sector de la seguridad privada.
- b) Brigada Central de Empresas y Personal, que asume la ejecución de las actuaciones policiales necesarias para la inscripción de empresas, la habilitación del personal y la tramitación de los expedientes que se le encomienden sobre autorizaciones y resoluciones sancionadoras.
miércoles, 15 de abril de 2015
Los cursos de perfeccionamiento y altos estudios profesionales de la Guardia Civil
La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 38, comprendido en el CAPÍTULO II sobre el Acceso, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido de los cursos de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales.
Así, recoge que, los guardias civiles podrán realizar aquellos cursos que respondan a las respondan a las exigencias de los perfiles de carrera definidos para su Escala.
La selección de los guardias civiles para su participación en cursos de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales se hará mediante concurso o concurso-oposición o mediante evaluaciones como las establecidas en el artículo 70.1 (de la ley 29/2014 de Régimen de Personal). Cuando las necesidades del servicio lo requieran se podrá designar asistentes de forma directa que deberán concurrir a los mismos con carácter obligatorio.
La designación de los guardias civiles a cursos de ampliación o actualización de conocimientos y aptitudes se hará de forma directa, atendiendo a las necesidades de la organización y teniendo en cuenta las cualificaciones del personal.
Así, recoge que, los guardias civiles podrán realizar aquellos cursos que respondan a las respondan a las exigencias de los perfiles de carrera definidos para su Escala.
La selección de los guardias civiles para su participación en cursos de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales se hará mediante concurso o concurso-oposición o mediante evaluaciones como las establecidas en el artículo 70.1 (de la ley 29/2014 de Régimen de Personal). Cuando las necesidades del servicio lo requieran se podrá designar asistentes de forma directa que deberán concurrir a los mismos con carácter obligatorio.
La designación de los guardias civiles a cursos de ampliación o actualización de conocimientos y aptitudes se hará de forma directa, atendiendo a las necesidades de la organización y teniendo en cuenta las cualificaciones del personal.
martes, 14 de abril de 2015
UNIDADES DE PREVENCION Y REACCION DE LA POLICÍA NACIONAL
La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana regulada en su artículo 8, que estará integrada por las siguientes Unidades:
Esta última Jefatura ,asume la coordinación, supervisión y control de aquellas unidades con funciones de prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las competencias propias del Cuerpo Nacional de Policía en los medios de transporte colectivo de viajeros, como son: las Unidades Especiales (Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental) y Especializadas (Brigada Móvil-Policía en el transporte y Unidades de Prevención y Reacción), sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de la respectiva Jefatura Superior, Comisaría Provincial o Comisaría Local donde tengan su sede.
- Secretaría General.
- Jefatura de Unidades de Intervención Policial.
- Unidad Central de Protección
- Jefatura de Unidades Especiales.
Esta última Jefatura ,asume la coordinación, supervisión y control de aquellas unidades con funciones de prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las competencias propias del Cuerpo Nacional de Policía en los medios de transporte colectivo de viajeros, como son: las Unidades Especiales (Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental) y Especializadas (Brigada Móvil-Policía en el transporte y Unidades de Prevención y Reacción), sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de la respectiva Jefatura Superior, Comisaría Provincial o Comisaría Local donde tengan su sede.
lunes, 13 de abril de 2015
Promoción profesional para el acceso a la escala de suboficiales de la Guardia civil
La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en su artículo 37, comprendido en el CAPÍTULO II sobre el Acceso, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido de la promoción profesional para el acceso a la escala de suboficiales.
Así, recoge que, la totalidad de las plazas convocadas para el ingreso en la enseñanza de formación con la que se accede a la escala de suboficiales se reservará, en la modalidad de promoción interna, a los miembros de la escala de cabos y guardias, que lleven, al menos, dos años de tiempo de servicios en dicha escala y cumplan, además, los requisitos establecidos en los artículos 33 (requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación) y 34 (requisitos de titulación).
viernes, 10 de abril de 2015
La Unidad de Subsuelo y protección Ambiental de la Policía Nacional
La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana regulada en su artículo 8, que estará integrada por las siguientes Unidades:
Esta última Jefatura ,asume la coordinación, supervisión y control de aquellas unidades con funciones de prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las competencias propias del Cuerpo Nacional de Policía en los medios de transporte colectivo de viajeros, como son: las Unidades Especiales (Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental) y Especializadas (Brigada Móvil-Policía en el transporte y Unidades de Prevención y Reacción), sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de la respectiva Jefatura Superior, Comisaría Provincial o Comisaría Local donde tengan su sede.
- Secretaría General.
- Jefatura de Unidades de Intervención Policial.
- Unidad Central de Protección
- Jefatura de Unidades Especiales.
Esta última Jefatura ,asume la coordinación, supervisión y control de aquellas unidades con funciones de prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las competencias propias del Cuerpo Nacional de Policía en los medios de transporte colectivo de viajeros, como son: las Unidades Especiales (Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental) y Especializadas (Brigada Móvil-Policía en el transporte y Unidades de Prevención y Reacción), sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de la respectiva Jefatura Superior, Comisaría Provincial o Comisaría Local donde tengan su sede.
jueves, 9 de abril de 2015
Las autorizaciones para conducir vehículos pertenecientes a las Fuerzas armadas y a la Guardia civil
Mediante la Orden DEF/601/2015, de 6 de abril, se desarrolla el Real Decreto 628/2014, de 18 de julio, por el que se regulan las peculiaridades del régimen de autorizaciones para conducir vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a la Guardia Civil.
La entrada en vigor del Real Decreto 628/2014, de 18 de julio, por el que se regulan las peculiaridades del régimen de autorizaciones para conducir vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a la Guardia Civil, implica un cambio en el registro y la gestión de dichas autorizaciones y obliga al Ministerio de Defensa a adecuar sus procedimientos y trámites a los nuevos requerimientos.
En el artículo 5.1 del Real Decreto 628/2014, de 18 de julio , se recoge que por orden del Ministro del Interior se determinarán las escuelas y organismos de las Fuerzas Armadas y de la Dirección General de la Guardia Civil facultados para expedir las autorizaciones para conducir vehículos pertenecientes a dichas instituciones, que podrán ser canjeados por sus equivalentes previstos en los artículos 4 y 25, respectivamente, del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
La entrada en vigor del Real Decreto 628/2014, de 18 de julio, por el que se regulan las peculiaridades del régimen de autorizaciones para conducir vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a la Guardia Civil, implica un cambio en el registro y la gestión de dichas autorizaciones y obliga al Ministerio de Defensa a adecuar sus procedimientos y trámites a los nuevos requerimientos.
En el artículo 5.1 del Real Decreto 628/2014, de 18 de julio , se recoge que por orden del Ministro del Interior se determinarán las escuelas y organismos de las Fuerzas Armadas y de la Dirección General de la Guardia Civil facultados para expedir las autorizaciones para conducir vehículos pertenecientes a dichas instituciones, que podrán ser canjeados por sus equivalentes previstos en los artículos 4 y 25, respectivamente, del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
miércoles, 8 de abril de 2015
La Promoción profesional para el acceso a la escala de oficiales de la Guardia civil
La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en su TÍTULO IV sobre la Enseñanza en la Guardia Civil, las modalidades de acceso (CAPÍTULO II Acceso). Y en su artículo 36 regula la Promoción profesional para el acceso a la escala de oficiales de la Guardia civil.
Expresamente recoge:
Expresamente recoge:
Al sistema de promoción profesional se reservará un porcentaje de no menos del cincuenta y cinco por ciento de las plazas que se convoquen para el ingreso en la enseñanza de formación con la que se accede a la escala de oficiales, distribuyéndose entre las modalidades de promoción interna y cambio de escala, de acuerdo con lo recogido en los apartados siguientes. A estos efectos se promoverán acciones que faciliten la obtención de enseñanzas universitarias.
martes, 7 de abril de 2015
BRIGADA MÓVIL-POLICÍA EN EL TRANSPORTE
La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana regulada en su artículo 8, que estará integrada por las siguientes Unidades:
- Secretaría General.
- Jefatura de Unidades de Intervención Policial.
- Unidad Central de Protección
- Jefatura de Unidades Especiales.
Esta última Jefatura ,asume la coordinación, supervisión y control de aquellas unidades con funciones de prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las competencias propias del Cuerpo Nacional de Policía en los medios de transporte colectivo de viajeros, como son: las Unidades Especiales (Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental) y Especializadas (Brigada Móvil-Policía en el transporte y Unidades de Prevención y Reacción), sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de la respectiva Jefatura Superior, Comisaría Provincial o Comisaría Local donde tengan su sede.
lunes, 6 de abril de 2015
SERVICIO DE CRIMINALISTICA DE LA JEFATURA DE POLICIA JUDICIAL DE LA GUARDIA CIVIL
La estructura orgánica de la Guardia Civil se regula en los siguientes reales decretos: Real Decreto 1823/2011, Real Decreto 1887/2011, y el Real decreto 400/2012. En ellos se modifican y desarrollan la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (haciendo referencia en el siguiente articulado, exclusivamente, al Ministerio del Interior).
La Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil establece, en sus artículos 6.2 d) y 10, la Jefatura de Policía Judicial como dependiente del Mando de Operaciones. Como
La Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil establece, en sus artículos 6.2 d) y 10, la Jefatura de Policía Judicial como dependiente del Mando de Operaciones. Como
miércoles, 1 de abril de 2015
La nueva Ley de Seguridad Ciudadana
Con fecha 31 de Marzo de 2015, se ha publicado en el BOE nº 77, Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
La Ley se estructura en cinco capítulos divididos en cincuenta y cuatro artículos, siete disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y cinco finales.
La Ley, que asume la jurisprudencia constitucional, parte del concepto de seguridad ciudadana entendida como actividad dirigida a la protección de personas y bienes y al mantenimiento de la tranquilidad de los ciudadanos, que engloba un conjunto plural y diversificado de actuaciones, distintas por su naturaleza y contenido. Dentro de este conjunto de actuaciones se sitúan las específicas de las organizaciones instrumentales destinadas a este fin, en especial, las que corresponden a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a las que el artículo 104 de la Constitución encomienda proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad
La Ley se estructura en cinco capítulos divididos en cincuenta y cuatro artículos, siete disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y cinco finales.
La Ley, que asume la jurisprudencia constitucional, parte del concepto de seguridad ciudadana entendida como actividad dirigida a la protección de personas y bienes y al mantenimiento de la tranquilidad de los ciudadanos, que engloba un conjunto plural y diversificado de actuaciones, distintas por su naturaleza y contenido. Dentro de este conjunto de actuaciones se sitúan las específicas de las organizaciones instrumentales destinadas a este fin, en especial, las que corresponden a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a las que el artículo 104 de la Constitución encomienda proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad
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