viernes, 17 de abril de 2015

Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional

La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece, dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, regulada en su artículo 8, que estará integrada por las siguiente Unidad:

 

Unidad Central de Seguridad Privada.

En su condición de Autoridad Nacional de Control, le corresponde el ejercicio de las funciones de control de las empresas y del personal de seguridad privada, de sus actuaciones y servicios, así como las relativas a las comprobaciones de las medidas de seguridad, y aquellas otras que les estén atribuidas en la normativa específica sobre esta materia, ejerciendo la coordinación y la dirección técnica de las respectivas Unidades territoriales. De esta Unidad dependerán:

 

  1. a) Brigada Central de Inspección e Investigación, que asume la ejecución de las actuaciones policiales de inspección de los servicios, actuaciones y medidas de seguridad e investigación del intrusismo y de las infracciones cometidas en este ámbito, así como las relaciones de colaboración con el sector de la seguridad privada.


 

  1. b) Brigada Central de Empresas y Personal, que asume la ejecución de las actuaciones policiales necesarias para la inscripción de empresas, la habilitación del personal y la tramitación de los expedientes que se le encomienden sobre autorizaciones y resoluciones sancionadoras.




Origen:

El Decreto 669/84, de 28 de enero contiene el reconocimiento legal del antecedente de la actual Unidad Central de Seguridad Privada, con la denominación de Sección de Seguridad e Instalaciones, bajo la dependencia de la Comisaría General de Documentación.

 

Entre 1.985 y 1990, debido a la fuerte y rápida expansión de las actividades de seguridad privada en todos los ámbitos, la Dirección General de la Policía programó cursos sobre Seguridad Privada, preparando a unos 300 Inspectores.

 

A partir de entonces se crearon  grupos de seguridad privada en las plantillas policiales más importantes, con el fin de dar respuesta a la demanda de asesoramiento y de otros trámites administrativos, iniciándose las tareas de inspección y control. Con anterioridad, a nivel periférico se compatibilizaban tareas de seguridad privada con otras policiales.

 

En 1.993 la Sección de Seguridad e Instalaciones adquiere la categoría de Servicio y se integra en la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, con la denominación de Servicio Central de Seguridad Privada.

 

En 1.997 el Servicio pasa a denominarse Unidad Central de Seguridad Privada.

 

Se estructuraba con una Brigada y un Servicio antes de 1.997, pasando desde entonces a constituirse con una Jefatura de Unidad, dos Brigadas Operativas, la de Empresas y la de Personal, y siete Secciones.

 

A nivel periférico, en todas las capitales de provincia y en algunas localidades importantes, existen Grupos o Secciones dedicadas a la Seguridad Privada, dependientes de las Brigadas respectivas de Seguridad Ciudadana.

Las funciones que desempeña la Unidad Central se ejecutan a través de la Brigada Central de Inspección e Investigación y la Brigada Central de Empresas y Personal, que la integran y consisten en:

  • Autorizaciones y habilitaciones:




    • Autorización, Inscripción y Registro de nuevas empresas de Seguridad

    • Autorización y registro de Centros de Formación para personal de seguridad, y acreditación de profesores.

    • Participación en tribunales y supervisión de las pruebas de selección de aspirantes a vigilantes de seguridad y sus especialidades

    • Preparación y realización de exámenes de Jefes y Directores de seguridad

    • Acreditación y registro de personal de seguridad en sus distintas especialidades, incluyendo Detectives Privados.




  • Seguimiento, control e inspección:




    • De los servicios o actuaciones realizadas por las empresas de seguridad habilitadas en sus distintas actividades.

    • Control e inspección de establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad.

    • Control e inspección de centros de formación para vigilantes de seguridad y sus especialidades.

    • Control e inspección de despachos de detectives




  • Detección de intrusismo:




    • Investigación y detección de empresas que prestan servicios de seguridad careciendo de autorización.

    • Investigación y detección de personal que presta servicios de seguridad careciendo de habilitación.




  • Captación de información relevante: :




    • Captación de información sobre hechos delictivos que afecten a la seguridad ciudadana.




  • Procedimientos sancionadores:




    • Propuesta de resolución de expedientes sancionadores por faltas graves y muy graves incoados en todo el territorio nacional.

    • Propuesta de resolución de Recursos de Reposición, Alzada y Revisión.




  • Estudios normativos:




    • Elaboración de informes para la interpretación y desarrollo de la normativa de seguridad privada.



Actividades derivadas de las funciones:

  1. Con empresas, establecimientos y usuarios:

    • Convocatoria de reuniones periódicas por sectores.

    • Atención y asesoramiento directo a cada uno de los problemas, que planteen como prestatarios o usuarios, de servicios de seguridad privada.

    • Facilitar medios de comunicación y contacto para favorecer el desarrollo de su labor.

    • Elaboración de encuestas que permitan conocer la problemática del sector.

    • Seguimiento de la Sala de Coordinación Operativa de Seguridad Privada, centro de atención permanente al personal de seguridad privada.

    • Preparación de seminarios, a nivel nacional y europeo, que permitan conocer y comparar el funcionamiento de la seguridad privada y su normativa.

    • Preparación de los contenidos y convocatoria de la Comisión Mixta Central de Coordinación de Seguridad Privada.

    • Asistencia a reuniones convocadas por distintos organismos relacionados con el sector.



  2. Con la Administración, Unidades Territoriales de Seguridad Privada y otras Unidades Policiales:

    • Convocatorias de reuniones periódicas con las Unidades Territoriales de Seguridad Privada, así como con otros órganos policiales relacionados con la actividad de seguridad privada.

    • Asistencia a reuniones con la Secretaría de Estado de Seguridad y la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior.

    • Elaboración de estadísticas sobre el funcionamiento de los grupos de seguridad privada.

    • Preparación de las posibles modificaciones de la normativa.

    • Participación en los tribunales de exámenes para vigilantes de seguridad y sus especialidades.

    • Preparación, convocatoria y ejecución de exámenes para Jefes y Directores de Seguridad.




 

Red azul

El Plan Integral de Colaboración del Cuerpo Nacional de Policía con el Sector de la Seguridad Privada, y a cuya consecución se dirige el "Proyecto RED AZUL", se asienta en la necesidad de acometer un proceso de cambio en la relación de colaboración CNP/SP,  para llegar a un modelo de colaboración profesional de complementariedad y corresponsabilidad, pasando  a un escenario de puesta en común de recursos que implique el establecimiento de una verdadera "alianza de seguridades" entre la Seguridad Privada y el Cuerpo Nacional de Policía.

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