viernes, 29 de mayo de 2015

Aspirantes exentos en el pago de la tasa por derechos de examen de la Convocatoria a la escala básica de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, recoge en su base 3.5 los aspirantes exentos del pago de la tasa de derechos de examen de la mencionada convocatoria.

 

Estarán exentos:

1.º Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria.


Serán requisitos para el disfrute de la exención, que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.


La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la correspondiente oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa suscrita por el solicitante.


2.º Quienes sean miembros de familia numerosa clasificada en la «categoría especial», que deberán acreditar mediante fotocopia del título oficial, en vigor, acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente Comunidad Autónoma.

 

jueves, 28 de mayo de 2015

La autorización para comprobar determinados requisitos de la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles

La Resolución 160/38045/2015, de 6 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, establece en su base 2.3 que los admitidos a las pruebas, deben autorizar o denegar de forma expresa, al rellenar la inscripción, para que se comprueben los requisitos obligatorios recogidos en la convocatoria.

Expresamente dice que la solicitud de participación en el proceso selectivo lleva consigo la autorización del admitido a las pruebas, salvo denegación expresa, para que la Jefatura de Enseñanza solicite de oficio, del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, de la Dirección General de Tráfico, del Registro Central de Penados y, en su caso, del Ministerio de Defensa, las verificaciones y certificaciones al respecto, pudiendo ser verificados tales extremos desde el momento de su participación en el proceso selectivo hasta la finalización de los periodos de formación, por ser condiciones generales que deben reunir los aspirantes a participar en los procesos selectivos, conforme a los artículos 4.2, 6.2, 17 y 18 del Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formación del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 de junio.

Los interesados deberán autorizar/denegar expresamente dicho acceso, haciéndolo constar en el apartado correspondiente de su instancia. En el supuesto de no autorización, deberán remitir junto con la instancia, fotocopias compulsadas del DNI y permiso de conducción B, certificado original del Registro Central de Penados y certificación de su pertenencia y tiempo de servicios en las Fuerzas Armadas.


Quienes tuviesen la condición de militar profesional o de funcionario público estarán exentos de justificar los requisitos ya acreditados para obtener dicha condición.

miércoles, 27 de mayo de 2015

Últimos días de inscripción en la convocatoria 2015 de la escala básica de la Policía Nacional

 Con fecha 12 de Mayo de 2015, se  publicó en el BOE nº 113, la convocatoria mediante oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía de las plazas ofertadas el pasado 23 de Marzo.

En dicha convocatoria se establece de plazo para la entrega de las inscripciones para ser admitidos como aspirantes a la convocatoria,  el siguiente "Veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado". Estos veinte días comenzaron el pasado 13 de Mayo y finaliza el próximo 1 de Junio a las 23.59 horas.

Para la inscripción hay que pinchar en el siguiente enlace de la DGPN

 http://www.policia.es/oposiciones/e_basica.html

Inscripción de instancias desde el día 13-05-2015 hasta el día 01-06-2015, ambos inclusive.

martes, 26 de mayo de 2015

Devolución de la tasa de examen en la convocatoria 2015 de la escala básica de la policía nacional

La  Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, establece en su base 3.4, las condiciones que deben darse en los aspirantes para que les sea devuelta la tasa por derechos de examen.

Así, recoge que, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

En aquellos casos en que, con arreglo a lo dispuesto en la normativa vigente, proceda la devolución de ingresos indebidos de la tasa, será necesario, para instar la devolución, solicitud expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y CCC (veinte dígitos), a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución, acompañando al original de la solicitud el «ejemplar para el interesado» del impreso modelo 790 o el justificante del pago por vía telemática.

 

lunes, 25 de mayo de 2015

Comprobación de los requisitos de los aspirantes a la convocatoria 2015 de la Guardia civil

La Resolución 160/38045/2015, de 6 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, recoge en su base 2.2 la comprobación de los requisitos de los aspirantes durante el proceso de selección.

 

Establece expresamente que si durante el proceso selectivo y los periodos de  formación se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes carece de alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal de Selección, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos a las pruebas hasta la fecha de publicación de la relación de admitidos como alumnos, o el General Jefe de Enseñanza, a partir de dicho momento y durante los periodos de formación, previo trámite de audiencia al interesado y una vez comprobada dicha carencia, acordará su exclusión de la convocatoria mediante resolución motivada, perdiendo todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido en los casos de falsedad.

viernes, 22 de mayo de 2015

El pago de las tasas de examen por vía telemática, de la Convocatoria 2015, de la escala básica de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, establece en su base 3.3 los Requisitos para el pago telemático de la tasa por derechos de examen.  Estos requisitos son:

1. Disponer de Número de Identificación Fiscal (NIF).


2. Disponer de documento nacional de identidad electrónico o de firma electrónica avanzada, basada en un certificado de usuario admitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria como medio de identificación y autentificación en sus relaciones telemáticas con los contribuyentes. A estos efectos, serán válidos los certificados de usuario X.509.V3, expedidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, al amparo de la normativa tributaria, así como los emitidos por las autoridades de certificación publicadas en la página web de la Agencia Tributaria (oficina virtual), admitidos para el uso de firma electrónica en las relaciones tributarias por medios electrónicos, informáticos y telemáticos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, según dispone la Orden HAC/1181/2003, de 12 de marzo, por la que se establecen normas específicas sobre el uso de la firma electrónica en las relaciones tributarias por medios electrónicos, informáticos y telemáticos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.


3. Tener una cuenta abierta en una entidad colaboradora en la gestión recaudatoria que se haya adherido al sistema previsto en la Resolución de 3 de junio de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos, en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión de la tramitación de procedimientos tributarios, y que aparezca en la relación de entidades que se muestre en la opción de pago de la «oficina virtual» de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

 

El Pago de las tasas por vía telemática deberá seguir los siguientes pasos:


jueves, 21 de mayo de 2015

Requisitos obligatorios en la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles

Mediante la Resolución 160/38045/2015, de 6 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil se establece en su base 2, sobre las condiciones para optar al ingreso en la Guardia civil, los siguientes requisitos obligatorios:

 Los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo, las siguientes condiciones:


1.Poseer la nacionalidad española.


2. No estar privado de los derechos civiles.


3. Carecer de antecedentes penales.


4. No hallarse procesado o tener abierto juicio oral en algún procedimiento judicial por delito doloso. Este requisito se modifica respecto de  convocatorias anteriores, para ajustarse al art 33 de la Ley de Personal 29/2014 de la Guardia civil.


5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.


6. Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.


miércoles, 20 de mayo de 2015

Comprobación de los requisitos durante la selección de la convocatoria 2015 de la Escala básica de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía establece que durante el proceso de selección el tribunal examinador puede comprobar que los aspirantes reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria.

Expresamente recoge en su base 2.2:

Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos hasta la conclusión de la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento, durante el resto del proceso selectivo, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión, comunicando a este centro directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer.

 

martes, 19 de mayo de 2015

Abierto plazo presentación de instancias de la Convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles

ewrt Con fecha 19 de Mayo de 2015, se ha publicado en el BOE nº 119, la convocatoria mediante concurso-oposición de las plazas ofertadas el pasado 23 de Marzo (Real Decreto 195/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2015).

Cuestiones importantes que se debe conocer de la convocatoria recogida en la Resolución 160/38045/2015, de 6 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil:

 1.1 En virtud de los artículos 2 y 3 del Real Decreto 195/2015, de 22 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 70, de 23 de marzo), por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2015, se convocan pruebas selectivas, por el sistema de concurso-oposición, para cubrir ochocientas veinte (820) plazas para el acceso directo en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, distribuidas de la siguiente forma :

a) Trescientas veintiocho (328) plazas para militares profesionales de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas que lleven, como mínimo, cinco años de servicios efectivos como tales el día 14 de octubre de 2015, fecha prevista de incorporación al centro docente de formación.

  1. b) Ciento sesenta y cuatro (164) plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.

  2. c) Trescientas veintiocho (328) plazas libres.


lunes, 18 de mayo de 2015

Exentos del pago de la tasa de los derechos de examen en la convocatoria 2015 de la escala básica de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, establece en su base 3.5, quienes están exentos en el pago de la tasa por derechos de examen.

 

La base de la convocatoria 3.1 recoge que  el importe de la tasa, asciende a  once euros con veintiún céntimos (11,21 Euros), que deberán ser satisfechos dentro del plazo establecido para la formalización de la solicitud, mediente ingreso en cualquier entidad de depósito (bancos, cajas de ahorro, etc) que preste servicios de colaboración en la recaudación de las tasas que constituyen recursos del presupuesto del Estado.  

 

viernes, 15 de mayo de 2015

Pérdida de la condición de alumno de los centros de formación de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 48, comprendido en el CAPÍTULOV sobre Régimen del alumnado y del profesorado, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, las circunstancias por las que se pierde la condición de alumno  de los centros de  enseñanza y  formación de la Guardia civil.

Se podrá acordar la baja de un alumno de la enseñanza de formación por los siguientes motivos:


a) A petición propia. En este caso, el Ministro del Interior determinará los supuestos en los que se deba resarcir económicamente al Estado y establecerá las cantidades, teniendo en cuenta el coste de la formación recibida en la estructura docente de la Guardia Civil, o en su caso, en la de las Fuerzas Armadas, siempre que ésta sea superior a dos años.


b) Por insuficiencia de las condiciones psicofísicas que para los alumnos se hayan establecido.


c) Por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.


jueves, 14 de mayo de 2015

Requisitos obligatorios de la convocatoria 2015 de la escala básica de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, establece en su punto 2.1 sobre los requisitos de los aspirantes los siguientes:

Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:


a) Ser español.


b) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.


c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria u otros equivalentes o superiores.


Este requisito de titulación sigue siendo el mismo que en convocatorias anteriores, bastando por tanto el graduado ESO o equivalentes para ser admitido en la convocatoria.


miércoles, 13 de mayo de 2015

La consideración de alumno de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 47, comprendido en el CAPÍTULOV sobre Régimen del alumnado y del profesorado, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, la condición de alumno y régimen de los alumnos de la enseñanza de formación.

 Al hacer su presentación, quienes ingresen en los centros docentes de formación de la Guardia Civil firmarán un documento de incorporación a la Guardia Civil, según el modelo aprobado por el Ministerio de Defensa previo informe del Ministerio del Interior, salvo aquéllos que ya pertenezcan a dicho Cuerpo, y serán nombrados alumnos.

 

martes, 12 de mayo de 2015

Abierto plazo presentación de instancias convocatoria 2015 de la Escala Básica de la Policía nacional

 Con fecha 12 de Mayo de 2015, se ha publicado en el BOE nº 113, la convocatoria mediante oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.de las plazas ofertadas el pasado 23 de Marzo.

Aspectos a destacar de la presente convocatoria:

Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.

Bases de la convocatoria

Número de plazas y sistema de provisión. 

Se convocan 1.299 plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.

lunes, 11 de mayo de 2015

Fecha para las pruebas escritas de la convocatoria 2014 de la escala básica de la Policía Nacional

Con fecha de 11 de Mayo se han publicado en la página de la Dirección General de la policía nacional, el enlace para ver los resultados de la primera prueba de la convocatoria 2014 de la escala básica de la policía nacional, correspondiente a las pruebas físicas.

Para ver dichos resultados hay que pinchar en el siguiente enlace:

http://www.policia.es/oposiciones/e_basica.HTML

Una vez estemos en la página de la DGPN, dentro de la escala básica hay que pinchar en el siguiente link:

Consulta de los resultados de la primera prueba (pruebas físicas) y convocatoria para la celebración de la segunda (cuestionario de preguntas y ortografía).

Dicho link envía información de que el sitio es NO RECOMENDADO POR EL CERTIFICADO DE SEGURIDAD

Pinchar en ir a este sitio web NO RECOMENDADO

Nos abrirá una ventana de consulta individual de resultados del proceso. Solo se podrá consultar los resultados de las pruebas físicas de aquellos aspirantes que estaban admitidos en la convocatoria y mediante la acreditación de DNI.

Junto con la consulta del resultado de las pruebas físicas se puede ver la fecha de la segunda prueba (teoría y ortografía).

viernes, 8 de mayo de 2015

Contenido segunda prueba convocatoria 2014 de la Policía Nacional

Según la resolución de 24 de junio de 2014, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, el contenido de las pruebas escritas de la convocatoria 2014 a la escala básica de la Policía Nacional, se encuentra regulado en la base  6.1.2  referente a la Segunda prueba (de conocimientos y ortografía). Dicha prueba  constará de dos partes eliminatorias:

a) Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que sólo una es verdadera, relacionadas con el temario que figura como Anexo II a la presente convocatoria. Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – (E/ (n-1)), siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.


jueves, 7 de mayo de 2015

Titulaciones, reconocimientos y convalidaciones en la enseñanza de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 46, comprendido en el CAPÍTULO IV sobre Planes de Estudios, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido de los reconocimientos, convalidaciones y titulaciones en la enseñanza de la Guardia civil.

El apartado 1 de dicho artículo reconoce que se podrá efectuar reconocimiento de formación de asignaturas o grupo de ellas similares en créditos y contenidos, cursadas en el Sistema Educativo Español, en las Fuerzas Armadas, o en centros docentes de otros cuerpos policiales y las cursadas en la enseñanza de la Guardia Civil, según se determine reglamentariamente.


A los miembros de la Guardia Civil se les expedirán aquellos diplomas o certificaciones que acrediten los cursos superados, las actividades desarrolladas y las especialidades adquiridas. Podrán obtener las convalidaciones, homologaciones, reconocimientos y equivalencias vigentes con títulos oficiales del Sistema Educativo Español de conformidad con la regulación reglamentaria que se establezca.

 

miércoles, 6 de mayo de 2015

BRIGADA CENTRAL DE CRIMEN ORGANIZADO DE LA UDYCO

La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece en su artículo 7.2 b) a La Brigada Central de Crimen Organizado, como unidad dependiente de la Unidad Central de Droga y Crimen Organizado (UDYCO), que está integrada dentro de la organización de la Comisaría General de Policía Judicial:

La Brigada Central de Crimen Organizado, que asume la investigación y persecución de las actividades delictivas vinculadas a la delincuencia organizada tiene las siguientes funciones:

  • Investigación y persecución de los delitos relacionados con el crimen organizado en general, tanto en plano nacional como transnacional.

  • Investigación de las organizaciones delictivas implicadas en el tráfico ilícito de vehículos. Coordinación nacional e internacional en esta materia.

  • Investigaciones tendentes a averiguar el conjunto de bienes y derechos de una organización criminal. Simultaneidad con las investigaciones por TID.

  • Cooperación internacional con organismos e instituciones, así como la coordinación de las técnicas de investigación policial.

martes, 5 de mayo de 2015

Planes de estudios en las enseñanzas de formación de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 44, comprendido en el CAPÍTULO IV sobre Planes de Estudios, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido y finalidades  de los planes de estudios en la enseñanza de formación.

Recoge dicho artículo que los planes de estudios se ajustarán a las siguientes finalidades:

a) Conocer y asumir los principios y valores constitucionales, contemplando la pluralidad cultural de España, y el respeto a la igualdad de derechos fundamentales y libertades públicas y, en particular, el principio de igualdad de trato y no discriminación por razón de sexo, origen racial o étnico, religión o ideología, orientación o identidad sexual, edad, discapacidad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social y el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.


b) Promover los valores y código de conducta de la Guardia Civil.


c) Garantizar la formación integral y el pleno desarrollo de la personalidad.


d) Proporcionar la formación requerida para el ejercicio profesional en cada escala.


e) Facilitar, en su caso, la obtención de títulos del Sistema Educativo Español.

 

lunes, 4 de mayo de 2015

LA COMISARIA GENERAL DE POLICIA JUDICIAL DE LA POLICIA NACIONAL

El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero y la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establecen dentro de la organización central de la Dirección General de la Policía a La Comisaría General de Policía Judicial, como unidad dependiente de la Dirección Adjunta Operativa con el nivel orgánico de subdirección general.

Artículo 3. Dirección General de la Policía.

 Apartao 3. La Dirección Adjunta Operativa es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la dirección, impulso y coordinación de las funciones policiales operativas, que en el nivel central serán realizadas por las Comisarías Generales de Información, de Policía Judicial, de Seguridad Ciudadana, de Extranjería y Fronteras, y de Policía Científica, todas ellas con nivel orgánico de subdirección general, y la División de Cooperación Internacional, con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo, a las que corresponderán las siguientes funciones:

  1. b) A la Comisaría General de Policía Judicial, la investigación y persecución de las infracciones supraterritoriales, especialmente de los delitos relacionados con las drogas, la delincuencia organizada, económica, financiera, tecnológica y el control de los juegos de azar. Asimismo, le corresponderá la dirección de los servicios encargados de la investigación de delitos monetarios y los relacionados con la moneda, así como la colaboración con los servicios correspondientes del Banco de España en estos asuntos.


 

Nueva Ley de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Con fecha de 6 de Diciembre se ha publicado en el BOE  la  Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garan...