martes, 12 de mayo de 2015

Abierto plazo presentación de instancias convocatoria 2015 de la Escala Básica de la Policía nacional

 Con fecha 12 de Mayo de 2015, se ha publicado en el BOE nº 113, la convocatoria mediante oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.de las plazas ofertadas el pasado 23 de Marzo.

Aspectos a destacar de la presente convocatoria:

Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.

Bases de la convocatoria

Número de plazas y sistema de provisión. 

Se convocan 1.299 plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.

Fases del proceso selectivo.

El proceso selectivo de los aspirantes constará de las siguientes fases:

  1. A) Oposición.

  2. B) Curso de Formación.

  3. C) Módulo de formación práctica.


Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  1. a) Ser español.

  2. b) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.


Este requisito se comprobará en la fecha en que los opositores comparezcan a la realización de la prueba de aptitud física.

  1. c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria u otros equivalentes o superiores.

  2. d) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.

  3. e) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

  4. f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.


Asimismo los aspirantes deberán estar en posesión de la autorización (BTP) a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo  , antes del 31 de diciembre de 2015.

Plazo  para realizar la Solicitud de admisión y liquidación de las tasas de examen.

Veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

(Desde el 13 de Mayo hasta el 1 de Junio, ambos inclusive).

La solicitud de admisión a este proceso se realizará utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía (Modelo 790, código de tasa 88),  o por alguno de los siguientes procedimientos:

A través de la sede electrónica del Cuerpo Nacional de Policía http://www.policia.es, eligiendo en «procesos selectivos» la opción «instancias» «Escala Básica» y siguiendo las instrucciones que se le indiquen.

http://www.policia.es/oposiciones/e_basica.html

A través de la página web http://www.policia.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790. Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).

Pinchar en este enlace:

Inscripción de instancias desde el día 13-05-2015 hasta el día 01-06-2015, ambos inclusive.

En la ventana que se abre, pinchar en Vaya a este sitio web (no recomendado).

Se abrirá la inscripción y hay que rellenarla según los datos requeridos, teniendo especial cuidado en las sedes de examen y cumplimiento de requisitos.

El original de los tres ejemplares del impreso de solicitud (no son válidas las fotocopias) cumplimentados en la forma descrita, se presentarán en cualquier entidad de depósito de las mencionadas en la base 3.3, para hacer efectivo el pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes señalado en la base 3.1.

Una vez efectuado el pago de la tasa, y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes de la base 3.1, el «ejemplar para la Administración» del modelo 790 de solicitud, debidamente firmado por el interesado y con validación del pago de la tasa, deberá presentarse directamente en la División de Formación y Perfeccionamiento o a través de las Comisarías de Policía, Cuarteles de la Guardia Civil, Oficinas de Correos o cualesquiera otras de las referidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En las dependencias policiales se prestará el apoyo necesario para facilitar la inscripción a los interesados.

Únicamente cuando sea imposible la conexión con la aplicación http://www.policia.es, se formalizará la solicitud cumplimentando a máquina o a mano en mayúsculas, el original del impreso de solicitud 790, código de tasa 088, previamente obtenido en la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, avenida de Pío XII, núm. 50, 28071 Madrid, y en las Secretarías de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Locales del Cuerpo Nacional de Policía.

Una vez cumplimentado, se procederá al abono de la tasa y a la presentación del «ejemplar para la Administración», dentro del plazo de presentación de solicitudes de la base 3.1, siguiendo el mismo procedimiento expresado en el apartado b) anterior.

 Tasa por derechos de examen.

El importe de la tasa, Tarifa cuarta, asciende a once euros con veintiún céntimos (11,21 euros) y será satisfecho dentro del plazo establecido para la formalización de la solicitud, mediante ingreso en cualquier entidad de depósito (Bancos, Cajas de Ahorro, etc.) que preste servicios de colaboración en la recaudación de las tasas que constituyen recursos del presupuesto del Estado, utilizando para ello el impreso 790, código de tasa 088, citado.

 Exentos del pago de la tasa.

1.º Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

 Subsanación de defectos o reclamaciones.

Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial del Estado, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión o para efectuar las reclamaciones que estimen oportunas.

 Fase de oposición (Pruebas).

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:

Primera prueba (aptitud física).

Esta prueba consistirá en la realización por los opositores de los ejercicios físicos que se describen en el anexo I.

La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, según lo establecido en dicho anexo, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del aspirante.

La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar.

Segunda prueba (de conocimientos y ortografía). Constará de dos partes eliminatorias:

  1. a) Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que sólo una es verdadera, relacionadas con el temario que figura como Anexo II a la presente convocatoria. Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – (E/ (n-1)), siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.


Cada una de las cien preguntas tiene un valor de un punto. El Tribunal establece que serán considerados aptos en esta prueba los opositores que hubiesen obtenido al menos 50 puntos tras la aplicación de la fórmula expresada en el párrafo anterior.

  1. b) Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario para evaluar la capacidad ortográfica del opositor.


La calificación será de «apto» o «no apto».

Tercera prueba. Constará de tres partes eliminatorias:

  1. a) Reconocimiento médico. Dirigido a comprobar que no concurren en el aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la Orden de 11 de enero de 1988, que se reproduce como anexo III a la presente convocatoria. El punto 2 de dicha Orden, obesidad-delgadez, se evaluará a través del índice de masa corporal (IMC). Peso: No serán aptos aquellos aspirantes, que presentando características morfológicas de obesidad, tengan un índice de masa corporal superior a 28 en hombres y mujeres. En ambos sexos, dicho índice no podrá ser inferior de 18. El cálculo del índice de masa corporal se efectuará aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T2, donde P es el peso del aspirante desnudo en kilogramos y T la talla en metros.

  2. b) Entrevista personal. Se aplicará un cuestionario de información biográfica y un test de personalidad (integración social, integración profesional, rasgos clínicos y rasgos de personalidad). A partir del resultado obtenido y teniendo en cuenta el referido cuestionario, se investigarán en el aspirante los factores de socialización, comunicación, motivación, rasgos de personalidad, rasgos clínicos y cualidades profesionales.


La calificación de la parte b) será de «apto» o «no apto».

  1. c) Test psicotécnicos. Consistirán en la realización de uno o varios tests dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) del aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira.


Ejercicio voluntario de idioma.

Los opositores podrán realizar con carácter voluntario, un ejercicio de conocimiento de los idiomas inglés o francés (sólo uno de ellos), a nivel exigido por el sistema educativo general en la enseñanza básica obligatoria, que podrá mejorar hasta dos puntos la nota final de la oposición, de los que superen la misma.

Los opositores optarán por el ejercicio voluntario de idioma en la solicitud de participación en el proceso (recuadro «idioma voluntario»).

La opción efectuada fuera de dicha solicitud no se tendrá en cuenta.

Lugar de realización de las pruebas.

La primera prueba se realizará en las siguientes sedes: Ávila, Las Palmas de Gran Canaria y Palma de Mallorca.

La segunda prueba en las siguientes: A Coruña, Ávila, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, Palma de Mallorca, Sevilla, Valencia y Zaragoza.

A estos efectos, los opositores deberán consignar en su solicitud la sede de examen, de entre las citadas, en cada caso, en que deseen realizar las citadas pruebas, quedando vinculados por esta elección para su realización en dicha sede. Los opositores que no ejerciten la referida opción, serán adscritos a la sede de Ávila para la realización de la primera y segunda prueba y en la sede de Madrid para la realización de la tercera.

Orden de actuación de los opositores.

El orden de actuación ante los Tribunales, cuando a ello haya lugar, será alfabético, comenzando por la letra «J», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de 5 de febrero de 2015 (BOE núm. 36, del 11 de febrero), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado, celebrado el 5 de febrero de 2015.

Para descargar el BOE de la convocatoria, pinchad en el siguiente enlace:

http://www.policia.es/oposiciones/convocatoria_basica_2015.pdf

 

 

 

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