martes, 31 de marzo de 2015

El requisito de no haber sido separado de la función pública en las convocatorias de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en el artículo 33, de su TÍTULO IV, que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, los Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación.

Para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir los siguientes requisitos:

  1. a) Poseer la nacionalidad española.

  2. b) No estar privado de los derechos civiles.

  3. c) Carecer de antecedentes penales.

  4. d) No hallarse procesado o tener abierto juicio oral en algún procedimiento judicial por delito doloso

  5. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

  6. f) Tener cumplidos dieciocho años en el año de la convocatoria.

  7. g) No superar la edad de 40 años para el acceso directo a la escala de cabos y guardias y de 50 años para la promoción profesional.

  8. h) Poseer la aptitud psicofísica que se determine.


lunes, 30 de marzo de 2015

La OEP para las Fuerzas Armadas y la Escala Superior de Oficiales de la Guardia civil 2015

Con fecha de 28 de  Marzo se ha publicado en el BOE el Real Decreto 234/2015, de 27 de marzo, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2015.

Respecto de la aprobación de la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2015 se establece que:

 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, y en el artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2015 en los términos que se establecen en este real decreto.

viernes, 27 de marzo de 2015

El requisito de No hallarse procesado por delito doloso, en las convocatorias de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en el artículo 33, de su TÍTULO IV, que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, los Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación.

Para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir los siguientes requisitos:

  1. a) Poseer la nacionalidad española.

  2. b) No estar privado de los derechos civiles.

  3. c) Carecer de antecedentes penales.

  4. d) No hallarse procesado o tener abierto juicio oral en algún procedimiento judicial por delito doloso

  5. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

  6. f) Tener cumplidos dieciocho años en el año de la convocatoria.

  7. g) No superar la edad de 40 años para el acceso directo a la escala de cabos y guardias y de 50 años para la promoción profesional.

  8. h) Poseer la aptitud psicofísica que se determine.


miércoles, 25 de marzo de 2015

La Unidad de Guías Caninos de la Policía Nacional

La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana regulada en su artículo 8, que estará integrada por las siguientes Unidades:

  • Secretaría General.

  • Jefatura de Unidades de Intervención Policial.

  • Unidad Central de Protección

  • Jefatura de Unidades Especiales.


Esta última Jefatura ,asume la coordinación, supervisión y control de aquellas unidades con funciones de prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las competencias propias del Cuerpo Nacional de Policía en los medios de transporte colectivo de viajeros, como son: las Unidades Especiales (Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental) y Especializadas (Brigada Móvil-Policía en el transporte y Unidades de Prevención y Reacción), sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de la respectiva Jefatura Superior, Comisaría Provincial o Comisaría Local donde tengan su sede.

Por tanto dentro de esta Jefatura de Unidades Especiales se encuadra la Unidad de Guías Caninos.

martes, 24 de marzo de 2015

El requisito de carecer de antecedentes penales en las convocatorias de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en el artículo 33, de su TÍTULO IV, que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, los Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación.

Para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir los siguientes requisitos:

  1. a) Poseer la nacionalidad española.

  2. b) No estar privado de los derechos civiles.

  3. c) Carecer de antecedentes penales.

  4. d) No hallarse procesado o tener abierto juicio oral en algún procedimiento judicial por delito doloso

  5. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

  6. f) Tener cumplidos dieciocho años en el año de la convocatoria.

  7. g) No superar la edad de 40 años para el acceso directo a la escala de cabos y guardias y de 50 años para la promoción profesional.

  8. h) Poseer la aptitud psicofísica que se determine.


lunes, 23 de marzo de 2015

Oferta de Empleo Público 2015 para la Guardia civil

Con fecha de 23 de Marzo de 2015 se ha publicado en el BOE nº 70 el siguiente Real Decreto, específico de la Oferta de Empleo Público de las Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, aprobado en el Consejo de Ministros de 18 de marzo y propuesto por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 

Mediante Real Decreto 195/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2015 se establece que:

Oferta de Empleo Público 2015 para la Policía Nacional

Con fecha de 23 de Marzo de 2015 se ha publicado en el BOE nº 70 el siguiente Real Decreto, específico de la Oferta de Empleo Público de las Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, aprobado en el Consejo de Ministros de 18 de marzo y propuesto por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Mediante el Real Decreto 194/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo Nacional de Policía para el año 2015 se establece que:

viernes, 20 de marzo de 2015

Oferta de Empleo Público 2015 de la AGE (Fuerzas y Cuerpos seguridad del Estado)

Oferta de Empleo Público 2015 de la AGE

Con fecha de 20 de marzo de 2015  el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que recoge la Oferta de Empleo Público ordinaria de 2015 y un Real Decreto Ley para la Oferta de Empleo Público extraordinaria. En conjunto, ambas ofertas, incluirán 11.250 plazas, de las que 7.416 serán para el turno libre y 3.834 para promoción interna. A falta de su publicación en el BOE, el Ministerio de Hacienda y administraciones públicas facilita la información sobre esta OEP para el año 2015.

En concreto en estos reales decretos se recoge que:

UNIDAD DE CABALLERÍA Policía Nacional

La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana regulada en su artículo 8, que estará integrada por las siguientes Unidades:

  • 1. Secretaría General.

  • 2. Jefatura de Unidades de Intervención Policial.

  • 3. Unidad Central de Protección



  • 4. Jefatura de Unidades Especiales.


miércoles, 18 de marzo de 2015

El requisito de tener vigentes los derechos civiles en las convocatorias de la Guardia civil

DECLARACIÓN DE NO ESTAR PRIVADO DE LOS DERECHOS CIVILES

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en el artículo 33, de su  TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil los Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación.

Para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir los siguientes requisitos:


a) Poseer la nacionalidad española.


b) No estar privado de los derechos civiles.

martes, 17 de marzo de 2015

Consejos para superar unas oposiciones con éxito

Nadie ha dicho que preparar unas oposiciones sea tarea fácil, por el contrario, una vez tomada la decisión de presentarse a un proceso selectivo, requiere de mucha voluntad y grandes dosis de constancia, disciplina, esfuerzo y sacrificio.

OPOSICIONES

Sin embargo, el proceso puede llegar a ser menos duro si se siguen los consejos que indicamos a continuación:

  1. Motivación: Principal factor a tener presente. Dado que el proceso en si es a mediano y largo plazo, es bastante frecuente que se sufra más de un bajón, e incluso se plantee el abandonar los sueños. Por ello no hay que ver el camino que aún queda por recorrer, sino ver hacia a tras y ver todo lo que se ha ido logrando, y repetirse a menudo que todo el esfuerzo a la final se verá recompensado, una vez se logre la plaza.

  2. Disciplina. Para lograrcualquier objetivo que se plantee en la vida, el seguir un orden y constancia es vital en nuestro empeño por alcanzar la meta; por ello actuaciones como el intentar cumplir un horario de estudio como si de un puesto de trabajo se tratase, permitirán mantenerse en la vía hacia el éxito Tened siempre presente que: unas oposiciones no son como los exámenes del colegio que no estudiábamos hasta el último día, las oposiciones es un proceso que puede durar varios meses de estudio continuado.

  3. Planificación. La meta está determinada por la superación de las pruebas de que conste el proceso, pero antes de cruzarla hay que pasar por etapas intermedias: Preparar bien el temario que se debe estudiar, planificar el tiempo que se dedicará a cada tema, elegir el lugar de estudio, el horario que se seguirá para el estudio, son solo algunos de los elementos a considerar a la hora de planificar el estudio. Tened en cuenta, también, el tiempo para repasar todo lo que se ha estudiado.

  4. Encontrar momentos para el ocio. Tan importante como saber cuándo debemos ponernos a estudiar lo es el saber cuándo debemos parar. Y eso es algo que muchas veces se olvida. Cada día debe disponerse de momentos de ocio y si durante la semana se han logrado los objetivos planificados, puedes permitirte el  premiarte los fines de semana con tiempo de ocio y planes para desconectar.

  5. Quítate presión. Cuando se toma la decisión de participar en un proceso selectivo (oposición), se debe ser realista, y por lo tanto, hay que tener presente en todo momento que la mayoría de los candidatos que se presentan a una oposición no se sacarán una plaza aunque consigan aprobar. Serán muy pocos los que logren su objetivo y, por lo tanto, hay más probabilidades de no lograrlo que de conseguirlo. Esto no debe ser motivo de desánimo, sino por el contrario, se debe tener en cuenta que los mejores preparados serán quienes logre una plaza de las ofertadas; así que no te presiones mas de lo necesario, ya que ello te restará fuerzas y en lugar de avanzar puede ser un ancla que no te permita avanzar; no te presiones mas de lo necesario para no bajar la guardia ni perder el ánimo, piensa que vas a presentarte al examen para intentarlo y no con la obligación de aprobar, que si en esta oportunidad no ha sido posible, para la siguiente estarás mucho mejor preparado y por lo tanto tus opciones serán mayores para lograrlo.


Las Unidades de intervención policial

Según laOrden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía en cuanto a la Organización central, en su art. 8.2 las Unidades de Intervención policial se encuadran dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana.

La  Jefatura de Unidades de Intervención Policial: Tiene competencia en la prevención, mantenimiento y, restablecimiento del orden público, y la coordinación y control de las Unidades de Intervención Policial (UIP), sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de la respectiva Jefatura Superior o Comisaría Provincial, o Comisaría Local donde tengan su sede o se hallen asignadas. También asume la coordinación, supervisión y homologación de los procedimientos de actuación de las Unidades de Prevención y Reacción (UPR).

lunes, 16 de marzo de 2015

El requisito de la nacionalidad española en la convocatorias de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en el artículo 33, de su  TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil los Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación.

Para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir los siguientes requisitos:


a) Poseer la nacionalidad española. 

viernes, 13 de marzo de 2015

Unidad Central de Droga y Crimen Organizado de la Policía Nacional

El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior regula en su artículo 3 la Dirección General de la Policía Nacional.

En la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, se desarrolla dentro de esta Dirección General, en su artículo 7 la Comisaría General de Policía Judicial.

jueves, 12 de marzo de 2015

Sistemas de selección para el ingreso en los centros docentes de formación

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil esteblece en su  TÍTULO IV sobre la Enseñanza en la Guardia Civil, en el artículo 35, los  sistemas de selección para ingreso en los centros docentes de formación.

Se especifica que:

 El ingreso en los centros docentes de formación se efectuará mediante convocatoria pública a través de los sistemas de concurso, oposición o concurso-oposición libres, en los que se garanticen, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los demás principios rectores de acceso al empleo público.


El ingreso en los centros docentes de formación, por promoción interna o por cambio de escala, se efectuará a través del sistema de concurso-oposición.


 En la fase de oposición, las pruebas a superar serán adecuadas al nivel y características de la enseñanza que se va a cursar y al ejercicio de los cometidos y facultades profesionales correspondientes. Asimismo, tendrán como objetivo facilitar la posterior integración de los aspirantes en la Guardia Civil y acreditar las aptitudes psicofísicas necesarias para cursar los respectivos planes de estudios.


 En los sistemas de selección no podrán existir más diferencias por razón de género que las derivadas de las distintas condiciones físicas que, en su caso, puedan considerarse en el cuadro de condiciones exigibles para el ingreso.

Reglamentariamente se determinará la forma en que las aspirantes realizarán las pruebas físicas en los casos de embarazo, parto o posparto, asegurando, en todo caso, su protección.


 En los baremos que se establezcan para los sistemas de concurso o concurso-oposición se valorará el historial profesional de los guardias civiles, en la forma que se determine.


 Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. La pertenencia a dichos órganos será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse en representación o por cuenta de nadie.


El personal de elección o de designación política y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.


 Los órganos de selección no podrán proponer el ingreso en los centros docentes de formación de un número superior al de plazas convocadas. No obstante, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados antes de su ingreso o, en su caso, antes de finalizar el periodo de orientación y adaptación que se pueda fijar en la convocatoria, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como alumnos.


Alcanzada la fecha de ingreso en los centros docentes, según lo establecido en el párrafo anterior, se extingue cualquier otro derecho derivado del sistema selectivo.

 

 

miércoles, 11 de marzo de 2015

Funciones y misiones de la Brigada de investigación tecnológica de la Policía Nacional

El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior regula en su artículo 3 la Dirección General de la Policía Nacional.

En la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, se desarrolla dentro de esta Dirección General, en su artículo 7 la Comisaría General de Policía Judicial.

Dentro de la Comisaría General de Policía Judicial se establece un órgano especializado en la investigación tecnológica. La llamada:

Unidad de Investigación Tecnológica.

Esta unidad asume la investigación y persecución de las actividades delictivas que impliquen la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y el ciberdelito de ámbito nacional y transnacional, relacionadas con el patrimonio, el consumo, la protección al menor, la pornografía infantil, delitos contra la libertad sexual, contra el honor y la intimidad, redes sociales, fraudes, propiedad intelectual e industrial y seguridad lógica. Actuará como Centro de Prevención y Respuesta E-Crime del Cuerpo Nacional de Policía.

Un delito informático (o ciberdelito) es toda aquella acción, típica, anti jurídica y culpable, que se da por vías informáticas o que tiene como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Debido a que la informática se mueve más rápido que la legislación, existen conductas criminales por vías informáticas que no pueden considerarse como un delito, según la "Teoría del delito", por lo cual se definen como abusos informáticos, y parte de la criminalidad informática. A partir de los atentados del 11 de Septiembre esta definición se amplió y hoy día es, básicamente, cualquier delito perpetrado a través de un ordenador, sea cual sea su fin. Hay cientos de tipos de ciberdelitos, los más frecuentes son el Phising, el Fraude bancario, el uso de redes para el tráfico de drogas y el SPAM.

 

De esta Unidad de Investigación Tecnológica dependerá:

a) La Brigada Central de Investigación Tecnológica (B.I.T.), a la que corresponde la investigación de las actividades delictivas relacionadas con la protección de los menores, la intimidad, la propiedad intelectual e industrial y los fraudes en las telecomunicaciones. Es la Unidad policial destinada a responder a los retos que plantean las nuevas formas de delincuencia tecnológica (pornografía infantil, estafas y fraudes por Internet, fraudes en el uso de las comunicaciones, ataques cibernéticos, piratería).

 

Es la Unidad policial destinada a responder a los retos que plantean las nuevas formas de delincuencia. Pornografía infantil, estafas y fraudes por Internet, fraudes en el uso de las comunicaciones, ataques cibernéticos, piratería...

La Brigada de Investigación Tecnológica está encuadrada en la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) que es el órgano de la Dirección General de la Policía encargado de la investigación y persecución de las actividades delictivas, de ámbito nacional e internacional, en materia de delincuencia económica y fiscal, así como la coordinación operativa y apoyo técnico a las respectivas Unidades Territoriales.

La misión de la Brigada consiste en obtener las pruebas, perseguir a los delincuentes y poner a unas y otros a disposición judicial. Nuestras herramientas son la formación continua de los investigadores, la colaboración de las más punteras instituciones públicas y privadas, la participación activa en los foros internacionales de cooperación policial y la colaboración ciudadana.

 

Entre las funciones de la Brigada de Investigación Tecnológica está la de velar por la seguridad de los internautas y de los ciudadanos en general.

Por ello y a través de las alertas tecnológicas

(http://www.policia.es/org_central/judicial/udef/alertas_1.html)

Se mantienen informados a los ciudadanos sobre todo aquello que pudiera afectar a la seguridad; los últimos timos en internet, spam, hoax (mensaje de e-mail con contenido falso o engañoso generalmente proveniente en forma de cadena), etc...

 

Son Funciones de la Brigada:

  • La realización directa de las investigaciones especialmente complejas.

  • La coordinación de las operaciones que involucren a diversas Jefaturas Superiores.

  • La formación del personal del Cuerpo Nacional de Policía y otros cuerpos de Policía extranjeros.

  • La representación internacional y la ejecución y/o coordinación de las investigaciones que tengan su origen en otros países.


Entre las actuaciones del BIT:

  • Amenazas, injurias, calumnias. Por correo electrónico, sms, tablones de anuncios, foros, newsgroups, web...

  • Pornografía infantil. Protección al menor en el uso de las nuevas tecnologías.

  • Fraudes en el uso de las comunicaciones. Piratería de señales de televisión privada.

  • Fraudes en Internet. Estafas. Uso fraudulento de tarjetas de crédito. Fraudes en subastas. Comercio electrónico.

  • Seguridad lógica. Virus. Ataques de denegación de servicio. Sustracción de datos. Hacking. Descubrimiento y revelación de secreto. Suplantación de personalidad. Sustracción de cuentas de correo electrónico.

  • Piratería de programas de ordenador, de música y de productos cinematográficos.


 

Su misión consiste en obtener las pruebas, perseguir a los delincuentes y poner a unas y otros a disposición judicial. Sus herramientas son la formación continua de los investigadores; la colaboración de las más punteras instituciones públicas y privadas; la participación activa en los foros internacionales de cooperación policial y la colaboración ciudadana, esta última es una gran ayuda, ya que debido al gran número de delitos telemáticos que se comenten hoy en día en la red, es imposible investigarlos todos, es por lo cual la colaboración ciudadana informando de la comisión de estos delitos ayudan en gran medida en el trabajo de esta brigada.

 

 

Para acceder a formar parte de la brigada, hay que en primer lugar ser policía, a partir de ahí, hay que esperar a que se convoquen plazas para la BIT para realizar los cursos formativos de policía judicial, y luego pasar otro proceso de selección correspondiente dentro de la policía judicial.

 

 

martes, 10 de marzo de 2015

Modalidades de acceso a la enseñanza de formación de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en su artículo 32, perteneciente al capítulo II (Acceso),  de su TÍTULO IV sobre la Enseñanza en la Guardia Civil, la regulación de las modalidades  de acceso a la enseñanza de formación de la Guardia Civil.

En dicho artículo se reconoce como formas de acceso a la formación de la Guardia civil, el acceso directo y la promoción profesional. En ambos casos debe atenderse a los principios de igualdad, mérito y capacidad en la selección.

Específicamente el artículo recoge:

Los españoles tienen derecho al acceso a la enseñanza de formación de la Guardia Civil en los términos regulados en este capítulo, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y con los establecidos en el artículo 55 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

A la enseñanza de formación de la Guardia Civil, se podrá acceder, de acuerdo con lo regulado en este capítulo, por los siguientes sistemas:
a) Por acceso directo.
b) Por promoción profesional.

El acceso directo consiste en la incorporación de quienes no son integrantes de la Guardia Civil, a la enseñanza de formación correspondiente para el ingreso en alguna de las escalas del Cuerpo.

El acceso por promoción profesional de los guardias civiles a dicha enseñanza se podrá efectuar mediante las modalidades de promoción interna y de cambio de escala.

La promoción interna consiste en el acceso a la enseñanza de formación que faculta para la incorporación a la escala inmediata superior a la que se pertenece. El cambio de escala consiste en el acceso a la enseñanza de formación que faculta para la incorporación a la escala de oficiales, de aquellos miembros de las escalas de suboficiales y de cabos y guardias que estén en posesión de una de las titulaciones universitarias oficiales que se determinen reglamentariamente. Por la Dirección General de la Guardia Civil se impulsará y facilitará los procesos que permitan la promoción profesional de los guardias civiles.

lunes, 9 de marzo de 2015

COMISARÍA ESPECIAL DE CASA REAL

Dentro de la organización de la Dirección Adjunta Operativa de la Dirección General de la Policía Nacional, encontramos que  entre sus unidades está integrada por la jefatura Central de Operaciones.

A la Jefatura Central de Operaciones le corresponde la asistencia y apoyo al Director Adjunto Operativo en la coordinación, gestión y supervisión en el ámbito de la operatividad policial.

De la Jefatura Central de Operaciones dependerán las Comisarías Especiales:

  • Casa Real

  • Presidencia del Gobierno.

  • Del Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas

  • Senado.

  • Tribunal Constitucional

  • Del Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo y Audiencia Nacional


 

Respecto a la Comisaría Especial de Casa real se determina en el  Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de S.M. el Rey, que dependiente de la Secretaria General El servicio de seguridad es responsable permanente de la seguridad inmediata de la familia real y, conforme a las instrucciones dictadas al efecto, se mantendrá el oportuno enlace con los órganos del Estado que ejercen su competencia en esta materia.

 

Está formado por personal procedente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (más de 400 efectivos) que actúan bajo el mando de una Jefatura. De él también depende el Centro de Comunicaciones e Informática (CECOM). Respecto a la protección es preciso delimitar los diferentes cuerpos implicados:

 

Comisaría Especial de la Casa de Su Majestad el Rey (CNP): con unos 200 agentes.

Unidad de Seguridad de la Casa de S.M. el Rey (Guardia Civil): con unos 200 agentes

 

A nivel de protección podemos distinguir dos tipos de servicios:

 

La protección estática del Complejo-Palacio de la Zarzuela, manteniendo la seguridad de su perímetro y accesos asignado a la Guardia Civil y la Guardia Real. La protección dinámica, el servicio de escolta y protección a la Familia Real, que incluye servicio de información, protección, contra vigilancias, asignada a efectivos de la Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía.

viernes, 6 de marzo de 2015

Enseñanza de altos estudios profesionales en la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en el artículo 31 de su TÍTULO IV sobre la Enseñanza en la Guardia Civil, la regulación de lo que se considera, dentro de la formación en la guardia civil, la  Enseñanza de altos estudios profesionales.

Así, recoge que se consideran altos estudios profesionales:


a) Los que relacionados con la seguridad pública permitan la obtención de títulos de posgrado y sean considerados de interés para el Cuerpo.


b) Cuando así se determine, aquellos cursos específicamente orientados a la formación de los guardias civiles en el ejercicio de funciones directivas atribuidas a las categorías de oficiales generales y de oficiales, realizados en la estructura docente de la Guardia Civil o en la de otros cuerpos policiales, nacionales o extranjeros.


c) Aquellos que tengan el carácter de altos estudios de la defensa nacional en el ámbito de las Fuerzas Armadas.

 

jueves, 5 de marzo de 2015

La Unidad de Investigación Tecnológica

El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior regula en su artículo 3 la Dirección General de la Policía Nacional.

En la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, se desarrolla dentro de esta Dirección General, en su artículo 7 la Comisaría General de Policía Judicial.

Dentro de la Comisaría General de Policía Judicial se establece un órgano especializado en la investigación tecnológica. La llamada:

Unidad de Investigación Tecnológica.

Esta unidad asume la investigación y persecución de las actividades delictivas que impliquen la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y el ciberdelito de ámbito nacional y transnacional, relacionadas con el patrimonio, el consumo, la protección al menor, la pornografía infantil, delitos contra la libertad sexual, contra el honor y la intimidad, redes sociales, fraudes, propiedad intelectual e industrial y seguridad lógica. Actuará como Centro de Prevención y Respuesta E-Crime del Cuerpo Nacional de Policía.

 

De esta Unidad dependerán:

a) La Brigada Central de Investigación Tecnológica (B.I.T.), a la que corresponde la investigación de las actividades delictivas relacionadas con la protección de los menores, la intimidad, la propiedad intelectual e industrial y los fraudes en las telecomunicaciones.Es la Unidad policial destinada a responder a los retos que plantean las nuevas formas de delincuencia tecnológica (pornografía infantil, estafas y fraudes por Internet, fraudes en el uso de las comunicaciones, ataques cibernéticos, piratería).

 

b) La Brigada Central de Seguridad Informática la que corresponde la investigación de las actividades delictivas que afecten a la seguridad lógica y a los fraudes.

 

 

miércoles, 4 de marzo de 2015

La enseñanza de perfeccionamiento en la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil,  regula en el artículo 30, del su TÍTULO IV sobre la Enseñanza en la Guardia Civil, la definición de las finalidades que tiene el establecer una enseñanza de perfeccionamiento en la Guardia civil.

Concretamente:

 


La enseñanza de perfeccionamiento tiene las siguientes finalidades:


a) Capacitar al personal del Cuerpo de la Guardia Civil para el ascenso a aquellos empleos en los que esta Ley así lo determine.

b) Especializar para el ejercicio de actividades en áreas concretas de actuación profesional.


c) Ampliar o actualizar los conocimientos y aptitudes requeridos para el ejercicio de la profesión.

 

 

martes, 3 de marzo de 2015

TEDAX NRBK de la Policía Nacional

El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior establece en su artículo 3, apartado 3 a) la regulación de la Comisaría General de Información como parte integrante de la Dirección Adjunta Operativa.

Dicha Comisaría tiene como funciones:                                                     

a) …la captación, recepción, tratamiento y desarrollo de la información de interés para el orden y la seguridad pública en el ámbito de las funciones de la Dirección General, así como su explotación o aprovechamiento operativo, especialmente en materia antiterrorista, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

Asimismo la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía regula en su artículo 6 que la Comisaría General de Información “estará integrada por las unidades y servicios que se determinen mediante la correspondiente Orden Comunicada, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de febrero de 1996”

La Unidad TEDAX es una unidad especializada perteneciente a ésta Comisaría General de Información.

Los Acuerdos del Consejo de Ministros de 28.11.1986 y 16.02.1996 otorgan el carácter de Secreto a la estructura, organización, medios y procedimientos operativos específicos de los Servicios de información, así como sus fuentes y cuantas informaciones o datos puedan revelarlas.

Unidad de élite del Cuerpo Nacional de Policía, desde 1975 lucha contra el terrorismo y los grupos de delincuencia organizada. Se caracterizan sus integrantes por tener una muy especial preparación, una gran capacidad de resolución para poner fin a situaciones especialmente críticas y una vitalidad para llevar a cabo sus misiones.

Sus funciones generales son:

Captación, recepción tratamiento y desarrollo de la información de interés para el orden y la seguridad pública.

Utilización operativa de la información, específicamente en materia antiterrorista en el ámbito nacional e internacional.

Son Funciones de la Unidad central

 

Técnico-operativas

• Intervenir ante la presencia de artefactos explosivos o agentes NRBQ en apoyo a los Grupos periféricos.

• Apoyo técnico en investigaciones de delitos de terrorismo.

• Elaborar informes técnicos y periciales.

 

Investigación y Desarrollo

• Diseño de nuevos medios materiales de desactivación e intervención NRBQ.

• Evaluación permanente y perfeccionamiento de los procedimientos.

 

Docentes

• Formación de nuevos especialistas.

• Actualización permanente.

• Intercambio de conocimientos y de técnicas con servicios de otros países.

 

Hay que tener en cuenta que actualmente, las amenazas son más variadas y menos previsibles. Desde esta perspectiva, la especialidad de Desactivación de Explosivos y NRBQ tiene como objetivos esenciales:

- Mejorar la eficacia

- Adaptar y perfeccionar los procedimientos

-Potenciar la gestión del conocimiento.

 

Para poder pertenecer a los TEDAX, hay que saber que:

Se realiza entre miembros del Cuerpo Nacional de Policía, con más de dos años de servicio activo, con buen expediente profesional.

 

Deben superar unas pruebas de aptitud psíquico-física y de conocimientos sobre química, física, biología y electrónica, entre otras asignaturas, así como superar una entrevista personal, para evaluar el perfil del aspirante.

 

En los policías aspirantes a ser TEDAX se valorarán cualidades como

  • Estabilidad y control emocional.

  • Afán de permanente formación y perfeccionamiento.

  • Capacidad de concentración, observación, análisis y toma de decisiones.

  • Acentuado sentido de la disciplina y plena disposición hacia el servicio.

  • Aptitudes para el trabajo en equipo.


 

Una vez superadas las pruebas de acceso, el aspirante debe realizar y superar un curso de más de 1.400 horas lectivas dónde el 50% de las clases se dedican a ejercicios reales y un mes de prácticas en los Grupos Operativos.

 

 

lunes, 2 de marzo de 2015

La enseñanza de formación en la Guardia civil

La  Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece en su TÍTULO IV la Enseñanza en la Guardia Civil. El Artículo 29 regula la Enseñanza de formación.

Específicamente recoge:

1. La enseñanza de formación tiene como finalidad la capacitación profesional para la incorporación a las escalas del Cuerpo de la Guardia Civil. Comprenderá la formación militar, la de cuerpo de seguridad y la técnica necesaria para el correcto desempeño de los cometidos asignados a los miembros de cada escala y, en su caso, la correspondiente a un título del Sistema Educativo Español.


2. La enseñanza de formación para la incorporación a la escala de oficiales incluirá además la necesaria para la obtención de un título de grado universitario.


3. La enseñanza de formación para la incorporación a la escala de suboficiales tomará como referencia el nivel educativo de la Formación Profesional de Grado Superior.


La obtención del primer empleo al incorporarse a dicha escala permitirá obtener la equivalencia con el título de Técnico Superior de Formación Profesional del Sistema Educativo Español y el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, por el procedimiento que reglamentariamente se determine.


Para la escala de cabos y guardias se tiene en consideración una enseñanza profesional de grado medio.


 La enseñanza de formación para la incorporación a la escala de cabos y guardias tomará como referencia el nivel educativo de la Formación Profesional de Grado Medio. La obtención del primer empleo, al incorporarse a dicha escala, permitirá obtener la equivalencia con el título de Técnico de Formación Profesional.

 

Nueva Ley de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

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