En las convocatorias de oposiciones nacionales de la Guardia civil se exige como requisito obligatorio para poder presentarse a la convocatoria, tener los estudios terminados de la ESO, en concreto en la última convocatoria de Cabos y Guardias Civiles 2016:
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de otro equivalente o superior o, el cumplimiento de una de las condiciones recogidas en el artículo 41.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtenerlos cuando en el plazo de presentación de solicitudes se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permiten acceder a las mencionadas titulaciones o enseñanzas.
Para establecer los estudios que son “equivalentes o superiores” el Ministerio de Educación ha establecido este guión:
1.- Las equivalencias al Graduado de Educación Secundaria son las siguientes:
- Graduado Escolar.
- Primer Ciclo de Formación Profesional (Técnico).
- Acceso Universidad Mayores de 25 años.
- Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio.
2.- Otros estudios equivalentes a cualquiera de éstos, certificados u homologados específicamente por el Ministerio de Educación.
Por su parte la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, recoge en su Artículo 33 los Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación para el acceso de Cabos y Guardias civiles. Y en su Artículo 34 recoge los Requisitos de titulación; en su punto tercero se refiere expresamente a la titulación requerida para el acceso de Cabos y Guardias civiles.
“3. Para ingresar en los centros docentes de formación para el acceso a la escala de cabos y guardias se exigirá, además de los requisitos generales del artículo 33, los requisitos de acceso requeridos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de grado medio.”
Esto es lo mismo que decir, un equivalente a la ESO.
Para que este requisito se cambie, según vuestras dudas, para exigir Bachillerato o equivalente, tiene que modificarse primero esta Ley de personal de la Guardia civil.
Como siempre, estaremos atentos a cualquier modificación, de momento nada oficial ni publicado, y os informaremos.