viernes, 18 de noviembre de 2016

ORGANIZACIÓN CENTRAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA: unidades dependientes de la Dirección adjunta operativa.

El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, regula en su artículo 3 la estructura y funciones de la Dirección General de la Policía, regulación que precisa del pertinente desarrollo con el fin de adecuar la estructura orgánica y funciones de los servicios policiales a las necesidades y demandas que en materia de seguridad ciudadana plantea hoy la sociedad, tratando de lograr la mayor eficacia y eficiencia en su funcionamiento, desde un contexto de restricción del gasto público, objetivos éstos preconizados por las citadas disposiciones.

 

Según la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía en cuanto a la Organización central, en su art. 1

 

Artículo 1. Dirección General de la Policía.

Dependiendo directamente de su titular, existirán:

  1. a) Una Oficina de Despacho, con la misión de prestarle asistencia, asesoramiento y la gestión documental en su función directiva.

  2. b) Una Oficina de Prensa y Relaciones Informativas encargada de planificar, preparar, coordinar y realizar las comunicaciones y relaciones de los Órganos Directivos del Cuerpo Nacional de Policía con los medios de comunicación social. De esta Oficina dependerán todos los gabinetes de prensa del Cuerpo Nacional de Policía.




Dependen directamente del Director General las siguientes Unidades con nivel orgánico de Subdirección General: la estructura y funciones en el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía quedarán así.

 

En primer lugar, la Dirección Adjunta Operativa, encargada de la colaboración con el Director General en la dirección, coordinación y supervisión de las unidades operativas supraterritoriales y territoriales; el seguimiento y control de los resultados de los programas operativos y la definición de los recursos humanos y materiales aplicables a dichos programas; la colaboración con las policías de otros países; y la Oficina Central Nacional de INTERPOL, la Unidad Nacional de EUROPOL y la Oficina SIRENE.

 

Dependiente de la Dirección Adjunta Operativa:

Grupo Especial de Operaciones (GEO). Tendrán la misión de intervenir en situaciones de carácter terrorista, así como aquellas otras que entrañen grave riesgo para la vida y bienes de las personas, y requiera su ejecución una especial cualificación.

 

Los Grupos Operativos Especiales de Seguridad (GOES), dependen técnicamente del GEO y operativamente de los Jefes Superiores de Policía o Comisarios Provinciales, donde se encuentre ubicado el Grupo. Sus cometidos principales: reducir o neutralizar terroristas o delincuentes peligrosos; intervenir, en otros casos, hasta la llegada del GEO; ejecutar protecciones especiales de personas y bienes, etc…En la actualidad existen GOES en Barcelona, Valencia, Sevilla, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria y Málaga.

 

 

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