Dicha resolución recoge:
Primero. Lista definitiva de admitidos.
Aprobar y hacer pública la lista definitiva de admitidos a la oposición, con indicación, para cada aspirante, del número de orden, de la fecha de realización de la primera prueba y del idioma o idiomas elegidos para la realización de los ejercicios correspondientes.
Dicho listado podrá consultarse en las páginas web: http://www.policia.es; http://www.interior.gob.es, y http://www.administracion.gob.es; así como en el teléfono 902 150 002.
Segundo. Excluidos y causas de exclusión.
Aprobar y hacer pública en anexo I a la presente Resolución, y en las dependencias a que se refiere el número anterior, la lista definitiva de excluidos, con indicación de la causa o causas de exclusión, una vez estudiadas y resueltas las reclamaciones presentadas por los interesados contra la lista provisional.
Las causas de exclusión se determinan por letras, con arreglo a las siguientes equivalencias:
(A) Falta firma en la instancia.
(B) Falta requisito de edad.
(C) Instancia fuera de plazo.
(D) Falta requisito de titulación.
(E) Falta permiso de conducir B.
(F) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen o haberlo efectuado fuera de plazo.
(G) Instancia mal cumplimentada.
(H) Falta requisito nacionalidad española.
(I) No haber remitido el certificado del INEM o en el remitido no acredita fecha de inscripción como demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes o no acredita no haber rechazado oferta de empleo adecuado ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
(J) No haber remitido declaración jurada o promesa de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional o haberla remitido incorrecta.
(K) No haber remitido título de familia numerosa en vigor.