La Resolución 160/38097/2017, de 27 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, recoge en su base duodécima, las normas es las que se acogerán los procedimientos de motivación e impugnación (es decir los recursos procedentes), que se dicten como consecuencia de las resoluciones adoptadas por el tribunal calificador en esta convocatoria: Expresamente:
12.1 La motivación de los actos que se dicten durante el proceso selectivo se realizará, con carácter general, conforme a lo dispuesto en el artículo 35.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, excepto en los casos explícitamente detallados en la presente Resolución para los que se exija resolución motivada.
12.2 Las resoluciones y actos administrativos dictados en materia de ingresos y procesos selectivos podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidas en la precitada Ley 39/2015.
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