En su artículo 1, apartado 5, recoge expresamente:
5. El Ministerio del Interior se estructura en los siguientes órganos:
- La Secretaría de Estado de Seguridad, órgano superior del que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de la Policía.
Y en su artículo 3, apartado 3, recoge la regulación de la Jefatura Central de Seguridad Ciudadana . Expresamente:
3. La Jefatura Central de Seguridad Ciudadana y Coordinación es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la dirección, impulso y coordinación de las funciones policiales operativas, que en el nivel central será realizada por la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, con el nivel orgánico de subdirección general.
A la Comisaría General de Seguridad Ciudadana le corresponde la organización y gestión de lo relativo a la prevención, mantenimiento y, en su caso, restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana; las competencias que le encomienda la legislación sobre seguridad privada; la vigilancia de los espectáculos públicos, dentro del ámbito de competencia del Estado; y la protección de altas personalidades, edificios e instalaciones que por su interés lo requieran.
Asimismo corresponderá a la Jefatura Central de Seguridad Ciudadana y Coordinación garantizar que todas las Unidades Territoriales, Unidades Adscritas y Comisarías Especiales se coordinan adecuadamente para la ejecución en el territorio de las estrategias y planes que se establezcan.
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