martes, 23 de febrero de 2016

Cambios en la uniformidad de los Policías nacionales

Con fecha de 23 de Febrero de 2016 se ha publicado en el BOE Núm 46 la Orden INT/202/2016, de 17 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía.

La Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía,  pone a disposición de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía un instrumento normativo que permite conocer los distintos tipos de uniformes, sus modalidades y su uso, así como el uso de divisas, distintivos y condecoraciones, contribuyendo de esta manera a que aquéllos proyecten una imagen homogénea, adecuada y de acercamiento a los ciudadanos.


La realización de altos estudios en entidades académicas oficiales o de la Administración Pública por parte de los funcionarios de la Policía Nacional demanda una previsión específica normativa de la uniformidad de la Policía Nacional en lo relativo al reconocimiento y colocación en el uniforme de distintivos de curso, más allá de los contemplados en el artículo 28 de la Orden INT/430/2014, de 10 de marzo.


Por ello, a fin de reconocer y distinguir la especial cualificación de aquellos funcionarios que hayan superado cursos de altos estudios impartidos por entidades académicas oficiales, la Dirección General  de la Policía Nacional ha considerado procedente modificar la Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, incluyendo:



"Los distintivos de las titulaciones del sistema educativo general que reglamentariamente se determinen y de las titulaciones profesionales que hayan sido otorgadas por organismos oficiales del Estado distintos a la Dirección General de la Policía podrán exhibirse en las diversas tipologías de uniformidad en los términos definidos en su normativa de creación por el órgano oficial competente y de acuerdo con las condiciones que determinen su derecho de uso. Nunca se exhibirán en la guerrera del uniforme de gran gala.

En los casos en que corresponda la exhibición de distintivos en la parte superior derecha de la prenda del uniforme, se portarán por encima del lugar correspondiente a la placa-emblema del Cuerpo Nacional de Policía, y hacia el hombro. No podrán exhibirse en número superior a tres, situándose en fila de hombro a centro»."

 

 

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