El Código de conducta por el que deben regirse los miembros de la Policía Nacional en sus funciones, viene establecido en la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.
Así, recoge esta ley que, los Policías Nacionales desempeñarán las funciones encomendadas cumpliendo fielmente los principios básicos de actuación contenidos en la normativa vigente de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las líneas marcadas por la Declaración sobre la Policía contenida en la Resolución de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 8 de mayo de 1979, y por la Resolución 169/34 de 1979, de la Asamblea General de Naciones Unidas, que contiene el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
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