lunes, 13 de julio de 2015

La calificación final de la oposición de la escala básica de Policía Nacional 2015

Mediante la Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, se recoge en su base 6.10 cómo se determina la calificación final de la fase de oposición de la mencionada convocatoria.

 La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la parte a) de la segunda prueba (conocimientos) y en la primera (aptitud física), incluida en aquélla, en su caso, la puntuación alcanzada en el ejercicio voluntario de idioma, suma a la que se añadirá, en su caso, la puntuación conseguida con motivo de los servicios prestados en las Fuerzas Armadas y la correspondiente a los deportistas de alto nivel a que se refiere la base 6.12.


Se ordenará de mayor a menor, en sendas listas, la puntuación final obtenida por los aspirantes a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería y la obtenida por los aspirantes a las plazas de oposición libre.



Cuando, en uno u otro caso, exista igualdad de puntuación, el orden de prelación se determinará atendiendo a los criterios siguientes:


1.º Mayor puntuación obtenida en la parte a) de la segunda prueba (conocimientos).


2.º Mayor puntuación obtenida en la primera prueba (aptitud física).


3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la primera prueba, y, en caso de persistir el empate, se irá aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los ejercicios segundo, tercero y cuarto de la primera prueba hasta deshacer el empate.


Si, respecto a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, el número de orden 130 hubiera de determinarse entre varios opositores con igual puntuación, la prelación para declarar aptos a unos y no aptos a otros, se llevará a cabo atendiendo, asimismo, a los criterios anteriormente señalados.


De igual forma se actuará respecto de las plazas de oposición libre, teniendo en cuenta el número de orden equivalente al número de plazas inicialmente convocadas, 1169 más las que acrezcan, en su caso, por no resultar cubiertas en su totalidad las reservadas a militares profesionales de tropa y marinería.


Una vez realizadas estas operaciones, se formará una sola lista con los aspirantes declarados aptos conteniendo las puntuaciones finales de los mismos ordenadas de mayor a menor, que determinará el orden definitivo obtenido en la fase de oposición.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nueva Ley de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Con fecha de 6 de Diciembre se ha publicado en el BOE  la  Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garan...