El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, establece en su artículo 2.2, la regulación del Gabinete de la Secretaría de Estado de Seguridad. Dicho Gabinete tiene nivel orgánico de subdirección general, y su estructura está formada por un Director y un máximo de tres asesores, todos ellos con nivel orgánico de Subdirector General.
Este apartado 2.2 recoge expresamente:
Como órgano de asistencia inmediata al Secretario de Estado existe un Gabinete, con nivel orgánico de subdirección general, con la estructura que se establece en el artículo 14.3 del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre (los Gabinetes de los Secretarios de Estado estarán formados por un Director y un máximo de tres asesores, todos ellos con nivel orgánico de Subdirector General).
Asimismo, coordinará, siguiendo instrucciones del Secretario de Estado de Seguridad, las Subdirecciones Generales de Planificación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad, y de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad.
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