miércoles, 31 de mayo de 2017

La prueba psicotécnica en la Convocatoria 2017 de Cabos y Guardias civiles

La Resolución 160/38097/2017, de 27 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, recoge en su base sexta sobre el desarrollo de  las Pruebas selectivas, lo siguiente y particularmente sobre la prueba psicotécnica:

Desarrollo de las pruebas selectivas

6.1 Las pruebas selectivas se desarrollarán en el orden que determine el Tribunal de Selección, con las particularidades que seguidamente se detallan.


Cuando existan diferentes cuestionarios de examen, el aspirante deberá consignar en su hoja de respuestas la opción que le haya correspondido antes de iniciar la prueba. Si el aspirante no señala ninguna opción el Tribunal de Selección podrá acordar la no calificación de su ejercicio quedando sus actuaciones anuladas y perdiendo todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo. Del acuerdo se levantará acta, que se elevará al General Jefe de la Jefatura de Enseñanza a los efectos procedentes.


6.1.4 Prueba psicotécnica: Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:


a) Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de tests de inteligencia general y/o escalas específicas que evalúen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo.


b) Perfil de personalidad: Se evaluarán mediante tests que exploren las características de personalidad, aptitudinales y motivacionales.

Los resultados de las pruebas psicotécnicas aplicadas serán tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.

martes, 30 de mayo de 2017

Lugar de realización de las pruebas en la convocatoria 2017 de la escala básica de Policía Nacional

La  Resolución de 18 de abril de 2017, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, recoge en su base sexta la Fase de oposición. Así, expresamente, sobre el Lugar de realización de las pruebas, establece la convocatoria:

"6.6 Lugar de realización de las pruebas. La primera prueba se realizará en la sede de Ávila. No obstante, los opositores que tengan fijada su residencia en el plazo de admisión de instancias en Baleares o Canarias, podrán elegir como sede de examen Palma de Mallorca o Las Palmas de Gran Canaria, respectivamente.


Para la segunda prueba se podrá optar entre las siguientes sedes:


Alicante, Ávila, Cáceres, Cádiz, Ciudad Real, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, León, Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Santa Cruz de Tenerife, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia y Zaragoza.


Los opositores que no señalen lugar de realización de las pruebas, serán adscritos a la sede de Ávila para la ejecución de la primera y segunda prueba.


Previo el oportuno anuncio, el Tribunal podrá añadir otras sedes de examen o eliminar alguna de las indicadas, cuando así lo aconseje el número de peticionarios o razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad, asignando de oficio a los opositores a cada una de ellas.


Igualmente el Tribunal, teniendo en cuenta el número de aspirantes que superen la primera y segunda prueba, determinará la sede o las sedes de examen para la realización de la parte c) de la tercera prueba y del ejercicio voluntario de idioma.


Las parte a) (reconocimiento médico) y b) (entrevista personal) de la tercera prueba se celebrarán en Madrid; si bien el Tribunal podrá, en su caso, determinar otras sedes de examen para la realización de estas pruebas.

 

lunes, 29 de mayo de 2017

Nuevo Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil.

Con fecha de 27 de Mayo, se ha publicado en el BOE número 126, el Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil.

En Dicho Real Decreto, se prevé  la necesaria actualización de diversos aspectos tendentes a aportar un mayor rigor y objetividad a las evaluaciones, determinan la necesidad del nuevo reglamento que se aprueba con el presente real decreto, respondiendo a la nueva realidad del modelo de carrera profesional en la Guardia Civil, y cumplir con el desarrollo normativo previsto en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, en lo referente a evaluaciones y ascensos. Esta norma, por tanto, viene a sustituir y deroga expresamente al Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 1224/2006, de 27 de octubre, que, en desarrollo de la anterior Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, ha venido aplicándose.

"El reglamento se estructura en cuatro capítulos. El capítulo I «Disposiciones Generales» contiene el objeto y el ámbito personal de aplicación del reglamento, así como las definiciones de los principales términos empleados en el articulado.


En el capítulo II «Evaluaciones» se expone la finalidad de las mismas y se establecen las líneas generales en cuanto a las normas a aplicar en cada una de ellas. Se concretan también aspectos relativos a la composición y funcionamiento de los órganos de evaluación, a los que se confiere un carácter permanente en aras de una mayor estabilidad en la aplicación de los criterios establecidos por este reglamento y sus normas de desarrollo.


viernes, 26 de mayo de 2017

Llamamiento a la realización de las pruebas en la convocatoria 2017 de la escala básica de Policía Nacional

La  Resolución de 18 de abril de 2017, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, recoge en su base sexta la Fase de oposición. Así, expresamente, sobre el Llamamiento a la realización de las pruebas, establece la convocatoria:

6.5 Llamamiento. Los aspirantes serán convocados a cada prueba en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan al mismo, sea cual fuere la causa que al respecto pueda alegarse.


Del mismo modo, publicada la lista definitiva de admitidos, no se permitirá, en ningún caso, cambios de sede de examen ni de fecha de realización de las pruebas.

 

jueves, 25 de mayo de 2017

ÚLTIMO DIA PARA INSCRIBIRSE EN LA CONVOCATORIA 2017 DE CABOS Y GUARDIAS CIVILES

RECORDATORIO, ÚLTIMO DIA PARA INSCRIBIRSE EN LA CONVOCATORIA 2017 DE CABOS Y GUARDIAS CIVILES

Se puede rellenar la inscripción de la Convocatoria 2017 de Cabos y Guardias civiles, mediante Resolución 160/38097/2017, de 27 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

Hay que acceder a la página de la DGGC:

http://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/ingresocuerpo

Pinchar en el link:

PORTAL DE INSCRIPCIÓN


Acceso al portal de inscripción 2017

Se abrirá la siguiente ventana:

http://ingreso.guardiacivil.es/

Pinchar en Registro y solicitud. Se abre una nueva ventana para iniciar el registro, en la que hay  darse de alta como nuevo aspirante. Y después para acceder a ese proceso hay que poner el DNI, una contraseña, un código que aparece en imagen, y seguir con los trámites.

Cuando se termina la inscripción hay que imprimirla, pagar la tasa en un banco o caja, y entregarla en una administración pública o Comandancia antes de la finalización del plazo de 15 días hábiles que termina  hoy.

miércoles, 24 de mayo de 2017

La detección del Consumo de sustancias tóxicas durante el proceso selectivo de la convocatoria 2017 de la escala básica de Policía Nacional

La  Resolución de 18 de abril de 2017, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, recoge en su base sexta la Fase de oposición. Así, expresamente, sobre el Consumo de sustancias tóxicas, establece la convocatoria:

6.4 Consumo de sustancias tóxicas. Independientemente de la finalidad de la parte a) de la tercera prueba (reconocimiento médico) descrita en la base 6.1.3 anterior, a los aspirantes se les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo, análisis de sangre y orina o cualquier otro que se estime conveniente para detectar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos.


La participación en el proceso lleva implícita la autorización expresa para la realización de estos análisis.


Si el interesado se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal durante la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento durante las del curso de formación profesional y periodo de prácticas, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión del proceso.

 

martes, 23 de mayo de 2017

La Prueba de idioma en la convocatoria 2017 de Cabos y Guardias civiles

La Resolución 160/38097/2017, de 27 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, recoge en su base sexta sobre el desarrollo de  las Pruebas selectivas, lo siguiente y particularmente sobre la prueba de lengua extranjera:

Desarrollo de las pruebas selectivas

6.1 Las pruebas selectivas se desarrollarán en el orden que determine el Tribunal de Selección, con las particularidades que seguidamente se detallan.


Cuando existan diferentes cuestionarios de examen, el aspirante deberá consignar en su hoja de respuestas la opción que le haya correspondido antes de iniciar la prueba. Si el aspirante no señala ninguna opción el Tribunal de Selección podrá acordar la no calificación de su ejercicio quedando sus actuaciones anuladas y perdiendo todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo. Del acuerdo se levantará acta, que se elevará al General Jefe de la Jefatura de Enseñanza a los efectos procedentes.


6.1.3 Prueba de lengua extranjera: Consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas sobre el idioma –inglés o francés- elegido por el aspirante en la instancia. No obstante, en la realización de la prueba deberá indicar en la hoja de respuestas y en la forma que se le indique el idioma elegido. De no indicar ninguno en ese momento, se entenderá que opta por idioma inglés. El tiempo para esta prueba será de veinte (20) minutos.


A continuación, se contestará una (1) pregunta de reserva que figurará en el cuadernillo de examen, para lo cual dispondrán de un tiempo de un (1) minuto. Solamente será valorada esta pregunta en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuadernillo.

 

7.4 En las pruebas de conocimientos y de lengua extranjera, cada pregunta acertada se valorará a razón de un punto.


Para obtener la calificación del ejercicio de conocimientos y de lengua extranjera se aplicará la fórmula:



Nueva Ley de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

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