"6.6 Lugar de realización de las pruebas. La primera prueba se realizará en la sede de Ávila. No obstante, los opositores que tengan fijada su residencia en el plazo de admisión de instancias en Baleares o Canarias, podrán elegir como sede de examen Palma de Mallorca o Las Palmas de Gran Canaria, respectivamente.
Para la segunda prueba se podrá optar entre las siguientes sedes:
Alicante, Ávila, Cáceres, Cádiz, Ciudad Real, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, León, Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Santa Cruz de Tenerife, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia y Zaragoza.
Los opositores que no señalen lugar de realización de las pruebas, serán adscritos a la sede de Ávila para la ejecución de la primera y segunda prueba.
Previo el oportuno anuncio, el Tribunal podrá añadir otras sedes de examen o eliminar alguna de las indicadas, cuando así lo aconseje el número de peticionarios o razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad, asignando de oficio a los opositores a cada una de ellas.
Igualmente el Tribunal, teniendo en cuenta el número de aspirantes que superen la primera y segunda prueba, determinará la sede o las sedes de examen para la realización de la parte c) de la tercera prueba y del ejercicio voluntario de idioma.
Las parte a) (reconocimiento médico) y b) (entrevista personal) de la tercera prueba se celebrarán en Madrid; si bien el Tribunal podrá, en su caso, determinar otras sedes de examen para la realización de estas pruebas.
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