jueves, 30 de abril de 2015

Centros docentes de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 43, comprendido en el CAPÍTULO III sobre Centros docentes y Centro Universitario de la Guardia Civil, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido  de los centros docentes de perfeccionamiento y altos estudios profesionales de la Guardia civil.

Se señala que la enseñanza de perfeccionamiento y la de altos estudios profesionales se impartirá en la estructura docente de la Guardia Civil o, en su caso, en la de los Ministerios de Defensa y del Interior, de las Administraciones Públicas o de otras Instituciones, nacionales o extranjeras cuando así se determine.

 

miércoles, 29 de abril de 2015

La Unidad Central de Droga y Crimen Organizado de la Comisaría General de la Policía Judicial de la Policía Nacional

El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior regula en su artículo 3 la Dirección General de la Policía Nacional.

En la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, se desarrolla dentro de esta Dirección General, en su artículo 7 la Comisaría General de Policía Judicial.

Dentro de la Comisaría General de Policía Judicial se establece un órgano especializado en la investigación del crimen organizado. La llamada:

La Unidad Central de Droga y Crimen Organizado. Asume la investigación y persecución de las actividades delictivas, de ámbitos nacional y transnacional, relacionadas con el tráfico de drogas, con arreglo a las competencias atribuidas en el artículo 12. 1 A) e) de la LO 2/1986, de 13 de marzo, y el crimen organizado, así como la coordinación operativa y el apoyo técnico de las respectivas unidades territoriales.

 

martes, 28 de abril de 2015

Régimen interno de los centros de formación de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 42, comprendido en el CAPÍTULO III sobre Centros docentes y Centro Universitario de la Guardia Civil, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido del régimen interno de los centros docentes   de la Guardia civil.

Dicho artículo establece como objetivos de los centros docentes los siguientes:
a) Facilitar el desarrollo de los planes de estudios de tal forma que estos se ajusten a las finalidades señaladas en el artículo 44.
b) Combinar la adaptación del alumno a las características propias de la Guardia Civil, derivadas de su pertenencia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de su naturaleza militar, con su adecuada integración en la sociedad.
c) Contribuir a la formación integral del alumno, así como al conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes y fomentar su propia iniciativa.
d) Integrar las relaciones de disciplina militar con las propias entre profesores y alumnos que se derivan del proceso de formación.

lunes, 27 de abril de 2015

Unidad Central contra las Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales de la Policía Nacional

La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece, dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, regulada en su artículo 9, la Unidad Central contra las redes de inmigración ilegal y Falsedades Documentales:.

 

A la Unidad Central contra las Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales le corresponde la investigación de las actividades delictivas, de ámbitos nacional y transnacional, relacionadas con la trata de seres humanos, el tráfico de personas, la inmigración ilegal y las falsedades documentales en esta materia, así como de los delitos conexos a aquéllos; realiza la coordinación operativa y apoyo técnico de las Brigadas y Unidades territoriales; la captación, análisis, explotación, seguimiento, difusión e intercambio, tanto a organismos nacionales como internacionales, de información relativa a la inmigración irregular, tráfico de seres humanos y de cualquier otro aspecto relacionado con la extranjería y tráfico de personas; y las funciones de inteligencia y planificación de la información de carácter policial en materia de extranjería. Funciona como Oficina Central Nacional a este respecto en relación con otros organismos o entidades que actualmente existen o que puedan establecerse.

 

viernes, 24 de abril de 2015

Centro Universitario de la Guardia Civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 41, comprendido en el CAPÍTULO III sobre Centros docentes y Centro Universitario de la Guardia Civil, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido del centro universitario de la Guardia civil.

Este Centro se encuentra adscrito a una o varias universidades públicas con la finalidad de impartir las enseñanzas correspondientes al título de grado universitario del sistema universitario español a que hace referencia el artículo 29 de la Ley 29/2014 , conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. La titularidad del citado centro, ubicado en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, corresponderá al Ministerio del Interior.

El Centro universitario de la Guardia Civil se regirá por la Ley Orgánica antes mencionada, por esta Ley, y por los correspondientes convenios de adscripción, que tendrán en cuenta las peculiaridades de la carrera profesional de los guardias civiles. Contará con personalidad jurídica propia y con presupuesto propio financiado con cargo al del Ministerio del Interior.

jueves, 23 de abril de 2015

Servicio de Medios Aéreos de la Policía Nacional

La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece, dentro de la estructura orgánica de la División Económica y Técnica, regulada en su artículo 14, el Servicio de Medios Aéreos.

La División Económica y Técnica estará integrada por la siguiente unidad:

 Secretaría General.

Le corresponde el apoyo y asistencia a la División, analiza y planifica sus líneas generales de actuación, y gestiona los asuntos relativos al régimen de personal y medios adscritos a la misma; gestiona la explotación de los medios aéreos, su control y mantenimiento, así como la coordinación, supervisión y control de las bases periféricas, sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de las respectivas Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales o Comisarías Locales donde tengan su sede. Se responsabiliza además de las bases de datos propias de la División, así como del impulso de las actividades relacionadas con la investigación y desarrollo en las áreas de competencia de la División.

Su titular, como segundo Jefe de la División, sustituye al responsable de ésta en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

miércoles, 22 de abril de 2015

Los centros docentes de formación de la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en su artículo 40, comprendido en el CAPÍTULO III sobre Centros docentes y Centro Universitario de la Guardia Civil, del TÍTULO IV que regula la Enseñanza en la Guardia Civil, el contenido de los centros docentes de formación de la Guardia civil.

Así, recoge que la enseñanza de formación se impartirá en academias pertenecientes a la estructura docente de la Guardia Civil, regulándose los sistemas y modalidades de acceso en el Capítulo II del Título IV de la Ley 29/2014. Dichos centros serán responsables de la enseñanza de formación militar, de Cuerpo de Seguridad y técnica que corresponda.

La enseñanza de formación para la incorporación a la escala de oficiales se impartirá en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil.

Nueva Ley de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

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