jueves, 30 de julio de 2015

Las novedades de la Ley orgánica de personal de la Policía Nacional 2015

Con fecha de 29 de Julio de 2015 se ha publicado en el BOE  180 la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.

En dicha ley se establecen  novedades respecto de la normativa anterior. A través de la misma se va a reunir en una norma con rango legal todos aquellos aspectos esenciales del régimen de personal de la Policía Nacional que actualmente se encuentran regulados de forma dispersa en normas de distinto rango, siguiendo para ello la línea marcada por el Estatuto Básico del Empleado Público.

Una de las novedades  de la Ley en general es la denominación que utiliza cuando se refiere al Cuerpo Nacional de Policía, haciendo suya la más comúnmente usada por los ciudadanos de Policía Nacional, designación esta que a la vez traslada a sus integrantes como policías nacionales. Esta medida tiene como fin último consolidar la imagen corporativa de la institución y contribuir a una mayor y mejor integración en la sociedad a la que sirve.   Asimismo, cabe destacar la referencia a la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio informador de la interpretación y aplicación de sus preceptos, en especial en el ámbito del ingreso, la formación, la promoción profesional y las condiciones de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

miércoles, 29 de julio de 2015

Formalidades de los documentos en la convocatoria 2015 de la escala básica de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, establece entre sus bases las formalidades de los documentos que deben presentarse para acreditar los requisitos obligatorios  recogidos en esta resolución. 

Cuantos documentos se presenten habrán de ser originales o extendidos en copias debidamente autorizadas o compulsadas. Las compulsas deberán afectar, en su caso, a la totalidad de las páginas del documento, y no se considerarán válidas cuando carezcan de la firma e identificación personal del funcionario que las extiende. No serán tenidos en cuenta documentos transmitidos por telefax u otros sistemas análogos.

martes, 28 de julio de 2015

La exención de realización de las pruebas físicas para las aspirantes embarazadas o en fase de parto o posparto en la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles

La Resolución 160/38045/2015, de 6 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil recoge entre sus bases que, las aspirantes femeninas que no hayan efectuado las pruebas físicas por embarazo, parto o posparto debidamente acreditados conforme a la base 8.1.b) (mediante certificado médico expedido en impreso oficial por el especialista que la atiende), se entenderá que han obtenido plaza cuando lo permita el puesto de escalafón que les corresponda, por la puntuación alcanzada en la clasificación efectuada por su modalidad de ingreso en el proceso selectivo, y quedará la plaza que en su caso obtuviera, condicionada a la superación de aquéllas. Para realizar tales pruebas físicas, y en aplicación de lo establecido en el artículo 7 del Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formación del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, las interesadas podrán optar a realizarlas en la fecha que se determine, a estos solos efectos, antes de la incorporación de los admitidos como alumnos a los centros de formación o en la que en su momento se determine para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudieran realizarlas debido a otro embarazo o parto, igualmente acreditados, podrán elegir de nuevo entre las dos (2) opciones antedichas sin que, en ninguno de estos casos, les sean de aplicación los límites de edad.

Cualquiera que fuese la causa, las interesadas perderán todo derecho a la plaza obtenida si no superan las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la que obtuvieron plaza.


Las interesadas ingresarán en el centro docente de formación correspondiente con los admitidos como alumnos de la convocatoria en la que superen las pruebas físicas

 

lunes, 27 de julio de 2015

La acreditación del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria 2015 de la escala básica de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía establece,  en su base 7ª, cómo deben acreditarse que se poseen los requisitos exigidos en la convocatoria en su base 2.1.

Sobre la  Presentación de documentos recoge la base 7.1 que, en la fecha en que sean convocados a la realización de la parte b) de la tercera prueba (la entrevista personal), los opositores que hayan superado las anteriores y autorizaron expresamente a la División de Formación y Perfeccionamiento, para recabar los antecedentes obrantes en el Registro Central de Penados; de la Dirección General de Tráfico los permisos de conducción y sus datos del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, presentarán al Tribunal los siguientes documentos:


a) Fotocopia compulsada de la titulación académica a que se refiere la base 2.1.1.c) (estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria u otros equivalentes o superiores) de la mencionada convocatoria. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicha base, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación en tal sentido del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


viernes, 24 de julio de 2015

Orden de los aspirantes una vez superadas las pruebas de la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles

La Resolución 160/38045/2015, de 6 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, establece en su base 9.1 que,  los aspirantes que hayan superado todas las pruebas serán ordenados de mayor a menor puntuación dentro de cada una de las modalidades de ingreso establecidas en la base 1.1 de esta convocatoria. En caso de igualdad en la calificación final, se resolverá en la forma que indica la base 7.10 de esta convocatoria.
El Tribunal de Selección hará pública, en la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, la relación provisional con los resultados del concurso-oposición, que podrá ser consultada en la propia Jefatura, en las Comandancias de la Guardia Civil, y en las Oficinas y direcciones de Internet  siguientes:

la dirección http://www.mir.es/SGACAVT/oposic/procesosselectivos/index.html del Ministerio del Interior

www.guardiacivil.es; www.guardiacivil.com o www.guardiacivil.org

jueves, 23 de julio de 2015

Abierto plazo de subsanación de los excluidos provisionales en la convocatoria 2015 de la escala básica de Policía Nacional

Con fecha de 23 de Julio de 2015 se ha publicado en el BOE  número 175 la Resolución de 8 de julio de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se publica la relación de admitidos y excluidos a la oposición de ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.

Dicha resolución podéis consultarla en  el siguiente enlace de nuestro blog del día 17 de julio, o en el BOE.

http://www.oposicionesnacionales.com/wp-admin/post.php?post=1004&action=edit

Con la publicación, se abre el plazo de reclamaciones o subsanación, del apartado cuarto,  son 10 días hábiles desde el 24 de Julio hasta el 4 de Agosto ambos inclusive.

miércoles, 22 de julio de 2015

El reconocimiento médico en la Convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles

La Resolución 160/38045/2015, de 6 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, recoge en su base 8.3 cómo se realizará el reconocimiento médico en esta convocatoria.

Así, para el reconocimiento médico:

a) Los aspirantes citados para someterse a reconocimiento médico se presentarán en ayunas y con retención de orina en el lugar, fecha y hora que se les indique.

b) Para la realización del reconocimiento médico, y dependiente del Presidente del Tribunal de Selección, se constituirá un órgano de apoyo asesor especialista, compuesto por personal licenciado en Medicina, con las especialidades necesarias. El Tribunal de Selección sólo considerará válidos los resultados y pruebas analíticas que se obtengan en el momento del reconocimiento médico.


Nueva Ley de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Con fecha de 6 de Diciembre se ha publicado en el BOE  la  Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garan...