Como órgano de asistencia inmediata al Secretario de Estado existe un Gabinete, con nivel orgánico de subdirección general, con la estructura que se establece en el artículo 14.3 del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre (por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales). Asimismo, coordinará, siguiendo instrucciones del Secretario de Estado, las Subdirecciones Generales de Planificación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad, y de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad.
Depende del Secretario de Estado el siguiente Subdirección General:
- La Subdirección General de Planificación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad, a la que corresponde, sin perjuicio de las competencias legalmente atribuidas al Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, el desarrollo de las siguientes funciones:
- Planificar las inversiones en infraestructuras de seguridad, teniendo en cuenta las propuestas de las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil.
- Proponer proyectos y obras; elaborar y coordinar estudios y propuestas para la mejor utilización, estandarización y homologación de infraestructuras y material en el ámbito de la seguridad, y proponer al Secretario de Estado planes y programas de infraestructuras y material, coordinarlos, supervisar su ejecución, evaluarlos y analizar sus costes.
- Proponer al Secretario de Estado la adquisición de infraestructuras y medios materiales para la seguridad, así como revisar y coordinar otros proyectos promovidos por unidades u órganos dependientes de aquel cuando se financien total o parcialmente con créditos de la Secretaría de Estado.
- Controlar y coordinar la ejecución de los programas y proyectos derivados de compromisos contraídos por España con otros países u organismos internacionales, en las materias propias de su competencia.
- Gestionar y ejecutar los programas y proyectos derivados de la financiación procedente de Fondos Europeos en el ámbito de la Secretaría de Estado, en particular cuando se trate de programas en régimen de gestión compartida con la Comisión Europea, cuando así se lo encomiende su titular.
- Gestionar el patrimonio inmobiliario de la seguridad, mantener el inventario de sus bienes y derechos, así como el arrendamiento o adquisición por otros títulos de inmuebles dedicados a los fines de seguridad.
- Mantener las relaciones con la Dirección General del Patrimonio del Estado en materia de infraestructuras y material de seguridad, de conformidad con lo establecido en la normativa correspondiente.
- Dirigir, coordinar o gestionar aquellos planes, programas, recursos financieros o materiales en el ámbito de la seguridad que expresamente le encomiende la Secretaría de Estado de Seguridad.
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