En su artículo 1, apartado 5, recoge expresamente:
5. El Ministerio del Interior se estructura en los siguientes órganos:
a. La Secretaría de Estado de Seguridad, órgano superior del que dependen los siguientes órganos directivos:
2.º La Dirección General de la Guardia Civil.
En su artículo 4, apartados segundo y tercero, se recoge la siguiente estructura de la Dirección general de la Guardia Civil :
2. Se encuentran adscritos a la Dirección General de la Guardia Civil el Consejo Superior de la Guardia Civil y el Consejo de la Guardia Civil, con la composición y funciones determinadas para cada uno de ellos por la normativa vigente.
3. Del Director General dependen los siguientes órganos con nivel orgánico de subdirector general:
- El Mando de Operaciones Territoriales.
- El Mando de Información, Investigación y Ciberdelincuencia.
- El Mando de Personal y Formación.
- El Mando de Apoyo e Innovación.
Se establecerán los instrumentos necesarios para garantizar la adecuada coordinación entre los Mandos a los que se refieren los párrafos a) y b), particularmente en materia de lucha antiterrorista.
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