viernes, 13 de enero de 2017

La Unidad de caballería de la Policía Nacional

La organización de la DGPN establece varias unidades especializadas. Su propia web recoge que todas las Unidades del Cuerpo Nacional de Policía están especialmente preparadas para las funciones que han sido creadas. Dentro del amplio abanico de actividades que se desarrollan, existen una serie de Unidades muy conocidas por los ciudadanos con características muy particulares, especialmente preparadas para prestar servicios en situaciones y/o condiciones complejas. Dentro de la estructura de la Comisaría General de seguridad ciudadana, encontramos la siguiente Unidad:

Unidad de Caballería

Ideograma de la Unidad de Caballería Una de las Unidades más antigua de la policía, que  tiene una gran capacidad de movimiento e intimidación. Participa en dispositivos de seguridad de concentración de masas, protección de personalidades, restablecimiento de la seguridad ciudadana, vigilancia y control de áreas marginales y zonas de difícil acceso y actuación en actos protocolarios.

Tras la reunificación de los Cuerpos Policiales en 1986, quedó, dentro del Cuerpo Nacional de Policía, integrada en el área de seguridad ciudadana y adscrita a la Comisaría General de Seguridad Ciudadana (Servicio de Unidades Especiales, Sección de Caballería) y a las Jefaturas Superiores de Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla y Zaragoza.

En el año 2003, se suprimen las Unidades Especiales de Barcelona y Zaragoza.

En la actualidad están catalogadas según el siguiente esquema:

  • Comisaría General de Seguridad Ciudadana

  • Jef. Uds. Especiales - Sección Operativa de Caballería

  • Jef. Uds. Especiales - Unidad Central

  • Jefaturas Superiores de Policía

  • Madrid

  • Andalucía Occidental - Sevilla

  • Comunidad Valenciana




Entre sus funciones se recogen las siguientes:

  • Realización de patrullajes proactivos, vigilancias, localizaciones, inspecciones selectivas y otras actuaciones puntuales, prioritariamente en aquellas zonas singulares de difícil operatividad para otros medios policiales e indicadas para el trabajo a caballo.

  • Colaboración en los dispositivos establecidos para la protección de altas personalidades nacionales y extranjeras. Apoyo a la prevención, mantenimiento y restablecimiento, en su caso, de la seguridad ciudadana y el orden público. Intervención en grandes concentraciones de masas, espectáculos públicos y deportivos.

  • Cooperación y auxilio en caso de graves calamidades o catástrofes públicas, y búsquedas de personas desaparecidas. Apoyo a la protección de lugares e instalaciones en los supuestos en que así se determine.

  • Actuación con otras unidades en la resolución de conflictos, situaciones de crisis u otras de análoga significación que comprometan la seguridad pública, como asimismo, en los dispositivos policiales en que sea precisa su intervención para una adecuada respuesta operativa.

  • Desarrollo de la práctica a caballo, que mejore la formación y técnica ecuestre, el perfeccionamiento de sus habilidades y destrezas específicas, así como, sus artes y oficios asociados.

  • Realización de demostraciones operativas y participación en actos oficiales, públicos, sociales, protocolarios y otras actividades que se determinen.

  • Cooperación y colaboración con unidades análogas de otros cuerpos, tanto nacionales como extranjeros.


Fuente: web DGPN

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