Una vez establecida por el Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, la nueva estructura de los departamentos ministeriales se hace necesario desarrollar la misma para incorporar las novedades introducidas por aquél en el organigrama actual y determinar los órganos directivos de los diferentes ministerios.
El Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, recoge que en el ámbito del Ministerio del Interior, se ha considerado conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 66.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, permitiendo que los titulares de las Direcciones Generales de Tráfico y de Apoyo a Víctimas del Terrorismo no deban ostentar necesariamente la condición de funcionario.
En el caso de la Dirección General de Tráfico, el impacto que las políticas viales producen en el desarrollo de una movilidad segura y sostenible, y su repercusión en la sociedad y la actividad económica en general, aconsejan perfilar un titular de la misma que pueda poner a disposición del Ministerio del Interior conocimientos complementarios derivados de su experiencia en el sector privado que permitan una visión más integral y comprensiva.
Respecto a la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, su principal función es la asistencia y atención integral a dichas víctimas desde los ámbitos social, laboral, educativo y sanitario, entre otros, incluyendo a víctimas españolas de atentados que, con una creciente frecuencia, se vienen produciendo en el extranjero. A ello se añade el cometido de canalizar la colaboración del Ministerio del Interior en esta materia con otras Administraciones públicas y con las entidades representativas de las víctimas del terrorismo, así como con otras entidades con una creciente importancia en el establecimiento del relato del terrorismo, todo lo cual aconseja que el titular de este órgano directivo reúna experiencia en los ámbitos civil, asociativo y fundacional.
El Artículo 5, de este RD 424/2016 sobre el Ministerio del Interior:
1. El Ministerio del Interior se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Seguridad, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1. La Dirección General de la Policía, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario.
2. La Dirección General de la Guardia Civil, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario.
3. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, con rango de Subsecretaría.
4. La Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería.
B) La Subsecretaría del Interior, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1. La Secretaría General Técnica.
2. La Dirección General de Política Interior.
3. La Dirección General de Tráfico.
4. La Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
5. La Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario