lunes, 29 de agosto de 2016

La no admisión como alumnos en las convocatorias de Cabos y Guardias civiles

En las convocatorias de Cabos y Guardias civiles, se establece que, los aspirantes quienes no presentasen la documentación exigida por la convocatoria, los que renunciasen a la plaza que en su caso les pudiera corresponder y quienes de la revisión de la documentación acreditativa, se compruebe que carecen de alguna de las condiciones señaladas en la  Resolución como condiciones para optar al ingreso en la Guardia civil, no serán admitidos como alumnos, y sus actuaciones quedarán anuladas perdiendo todos los derechos nacidos de su participación en la convocatoria, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido por falsedad, perdiendo por tanto su derecho a la plaza obtenida.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nueva Ley de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Con fecha de 6 de Diciembre se ha publicado en el BOE  la  Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garan...