jueves, 28 de julio de 2016

Las formalidades de los documentos en la acreditación de los requisitos en la convocatoria 2016 de Policía Nacional

Cuando se vaya a acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, mediante la presentación de los documentos oportunos, en la fecha en que sean convocados a la realización de la parte b) de la tercera prueba (la entrevista personal), se establece por medio de la Resolución de 12 de abril de 2016, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía que,


"Cuantos documentos se presenten habrán de ser originales o extendidos en copias debidamente autorizadas o compulsadas. Las compulsas deberán afectar, en su caso, a la totalidad de las páginas del documento, y no se considerarán válidas cuando carezcan de la firma e identificación personal del funcionario que las extiende. No serán tenidos en cuenta documentos transmitidos por telefax u otros sistemas análogos.


Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos o estudios cursados, dicha circunstancia deberá, asimismo, acreditarse. En otro caso no será tenida en cuenta."

 

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