lunes, 11 de julio de 2016

El baremo de los permisos de conducción en el concurso de la convocatoria 2016 de Cabos y Guardias civiles

El baremo que se tendrá en cuenta en cuanto a permisos de conducción, dentro de  la convocatoria de Cabos y guardias 2016, viene recogido en el  APÉNDICE I de la Resolución 160/38057/2016, de 26 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por acceso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

El Baremo está establecido en virtud del artículo 6.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 de junio («BOE» núm. 155). Solamente se considerarán aquellos méritos que figuren en este Apéndice y que se posean en el plazo de presentación de instancias.

Respecto de estos permisos se establece:

2.3 Estar en posesión de:


2.3.1 Permiso de Conducción de la clase A o A2: 4 puntos.


2.3.2 Permiso de Conducción de las clases C1, C, C1+E, D1, D, D1+E:.2 puntos.


2.3.3 Permiso de Conducción de las clases C+E, D+E: 4 puntos.


En cada apartado solamente se podrá baremar uno de los permisos de conducción.

El baremo máximo que se podrá obtener por la posesión de los diferentes permisos de conducción, no superará los 8 puntos.

 

 

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