La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, establece que en el expediente académico constarán las calificaciones académicas, certificaciones y acreditaciones de los títulos obtenidos y estudios realizados en el sistema de enseñanza de la Guardia Civil, los títulos o estudios del Sistema Educativo Español, los declarados equivalentes u homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y aquellos títulos o certificados de estudios profesionales expedidos por los órganos competentes de las Administraciones Públicas. Así viene expresamente regulado en el artículo 56 de esta Ley.
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