miércoles, 30 de septiembre de 2015

La nueva Ley de seguridad nacional

La Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional,  ha sido publicada en el BOE 233, de 29 de Septiembre de 2015.

En su preámbulo se recogen los motivos por los cuales se determina que esta Ley es necesaria en materia de seguridad. Así, recoge que, "en el mundo actual, y en el entorno más previsible para el futuro, los actores y circunstancias que ponen en peligro los niveles de seguridad, se encuentran sujetos a constante mutación, y es responsabilidad de los poderes públicos dotarse de la normativa, procedimientos y recursos que le permitan responder con eficacia a estos desafíos a la seguridad."

"En este contexto aparece el campo de la Seguridad Nacional como un espacio de actuación pública nuevo, enfocado a la armonización de objetivos, recursos y políticas ya existentes en materia de seguridad.


En este sentido, la Seguridad Nacional se entiende como la acción del Estado dirigida a proteger la libertad y el bienestar de sus ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales, así como a contribuir junto a nuestros socios y aliados a la seguridad internacional en cumplimiento de los compromisos asumidos; concepto que, hasta la fecha, no había sido objeto de una regulación normativa integral."

"Este esfuerzo de integración reviste tanta mayor importancia cuanto que la Seguridad Nacional debe ser considerada un objetivo compartido por las diferentes Administraciones, estatal, autonómica y local, los órganos constitucionales, en especial las Cortes Generales, el sector privado y la sociedad civil, dentro de los proyectos de las organizaciones internacionales de las que formamos parte."

martes, 29 de septiembre de 2015

Consulta de los resultados de las pruebas física y fecha para la entrevista personal en la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles

Desde el día 26 de septiembre se puede consultar en la página oficial de la DGGC los listados de los aspirantes que han realizado las pruebas físicas con su calificación y con la fecha de su entrevista personal en caso de haber superado dichas pruebas.

Dichos listados aparecen diariamente según el día de la celebración de las pruebas. Se pueden consultar en el siguiente enlace:

http://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/ingresocuerpo

lunes, 28 de septiembre de 2015

Aspirantes admitidos en el Colegio de Guardias Jóvenes "Duque de Ahumada"

Con fecha de 26 de Septiembre se ha publicado en la página de la DGGC, el Listado de aptos y aptos sin plaza en la oferta para ingreso al Colegio de Guardias Jóvenes "Duque de Ahumada" de Valdemoro y fecha de incorporación a este centro de formación de la Guardia civil.


Dicho listado tiene el siguiente contenido:


 

Finalizado el proceso selectivo que señala la base Sexta de la oferta de plazas para el ingreso en el Colegio de Guardias Jóvenes “Duque de Ahumada”, publicadas por Disposición número 3010, (BOGC núm. 24, de 16/06/15), se acuerda publicar:


1. En Anexo I, los aspirantes al Colegio de Guardias Jóvenes admitidos por orden alfabético.


2. En Anexo II se publica la lista de aspirantes que han resultado aptos y no han obtenido plaza, relacionados por orden de prelación con arreglo a los criterios previstos en la Base 7ª. Estos aspirantes podrán ser llamados hasta el 31 de enero de 2016 con ocasión de alguna baja producida y siempre por estricto orden de prelación.


viernes, 25 de septiembre de 2015

Naturaleza y dependencia de la Policía Nacional

La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional recoge en su articulado regulación de  la naturaleza y dependencia de la Policía Nacional. Expresamente:

 La Policía Nacional es un instituto armado de naturaleza civil, con estructura jerarquizada que tiene como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, con ámbito de actuación en todo el territorio nacional.


 Dicha misión se materializa mediante el desempeño de las funciones atribuidas por el ordenamiento jurídico a la Policía Nacional, y en particular las previstas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. A tal efecto, dispondrá de los medios materiales y humanos necesarios para el eficaz ejercicio de su misión.


 La atribución, ordenación y desempeño de funciones y responsabilidades se basan en el principio de jerarquía.


 El mando superior de la Policía Nacional será ejercido por el Ministro del Interior, a través del Secretario de Estado de Seguridad. El mando directo será ejercido por el Director General de la Policía, bajo la autoridad del Secretario de Estado de Seguridad.


 Los funcionarios de carrera de la Policía Nacional recibirán la denominación genérica de Policías Nacionales.

 

jueves, 24 de septiembre de 2015

Resultados provisionales primera prueba de la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles, y fecha de las pruebas de aptitud psicofísica

Con fecha de 23 de Septiembre de 2015 se publica en la página oficial de la DGGC, los resultados de las primeras pruebas de la convocatoria 2015 de Cabos y guardias, celebradas el día 12 de Septiembre (ortografía, conocimientos, lengua extranjera y psicotécnicos).

Dichos resultados pueden consultarse en el siguiente enlace:

http://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/ingresocuerpo

Hay que pinchar en el link:  Resultados provisionales pruebas selectivas para el acceso a la escala de Cabos y Guardias

http://www.guardiacivil.es/documentos/pdfs/2015/ingreso2015/RESULTADOS_PRUEBAS_ESCRITAS_INGRESO_2015.pdf

 

Junto a los resultados provisionales se facilita la información para revisar los resultados de dichas pruebas, así como se convoca la fecha de las pruebas psicofísicas.

Las pruebas psicofísicas se realizarán en el Colegio de Guardias Jóvenes, Duque de Ahumada, en Valdemoro (Madrid), a las 7.30 horas del 26 de Septiembre al 1 de Octubre de 2015 (para ver fecha exacta de examen de cada aspirante debe consultarse el listado mencionado). Para la realización de dichas pruebas debe aportarse el Certificado médico oficial expedido dentro de los 20 días anteriores, expedido según los modelos establecidos en la convocatoria (Resolución 160/38045/2015, de 6 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil).

El inicio de las pruebas será a las 8:00 y será preceptiva la identificación personal.

Para la realización del reconocimiento médico, el aspirante debe acudir en ayunas y con retención de orina. El mismo día que se realice el reconocimiento médico se deberá presentar la documentación acreditativa de la titulación exigida, así como los datos del baremo puestos por el aspirante al rellenar la inscripción (original, o copia compulsada).

 

miércoles, 23 de septiembre de 2015

Las exclusiones médicas en las convocatorias de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, recoge en su ANEXO III el Cuadro de exclusiones médicas para ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía, establecido por la Orden de 11 de enero de 1988, del Ministerio del Interior.

Dicha Orden, recoge las siguientes exclusiones para optar a la Policía Nacional:

1. Talla. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres; 1,60 metros las mujeres.


2. Obesidad-delgadez. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.


3. Exclusiones circunstanciales. Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales.


En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual los Servicios de Sanidad de la Dirección General de la Policía certificarán si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.


martes, 22 de septiembre de 2015

Condición de alumno y régimen de los alumnos de la enseñanza de formación en la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil establece, en la regulación de su articulado , la incorporación de alumnos en la enseñanza de formación de la Guardia civil. Concretamente, su  TÍTULO IV sobre la Enseñanza en la Guardia Civil. recoge en su artículo 47, sobre la condición de alumnos que:

 

Al hacer su presentación, quienes ingresen en los centros docentes de formación de la Guardia Civil firmarán un documento de incorporación a la Guardia Civil, según el modelo aprobado por el Ministerio de Defensa previo informe del Ministerio del Interior, salvo aquéllos que ya pertenezcan a dicho Cuerpo, y serán nombrados alumnos.

 Los alumnos estarán sujetos al régimen del centro en el que cursen sus enseñanzas, sin perjuicio del establecido para el Centro Universitario de la Guardia Civil en el correspondiente convenio de adscripción, que tendrá en todo caso en cuenta su condición militar.


 Los alumnos que previamente tuvieran un empleo militar en el Cuerpo de la Guardia Civil conservarán los derechos administrativos inherentes a éste, si bien estarán sometidos al mismo régimen que el resto de los alumnos.


lunes, 21 de septiembre de 2015

El carnet B y el BTP como requisitos de los aspirantes de la convocatoria 2015 de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, recoge entre sus  Requisitos de los aspirantes, en su base 2ª, expresamente que:

2.1.1 Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:


f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.


2.1.2 Asimismo los aspirantes deberán estar en posesión de la autorización (BTP) a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, antes del 31 de diciembre de 2015.

Para obtener estos carnets, deben observarse las siguientes premisas establecidas por la DGT:

Con objeto de garantizar la aptitud de los conductores para manejar los vehículos con el menor riesgo posible, la conducción de vehículos a motor y ciclomotores, exigirá haber obtenido previamente la correspondiente autorización administrativa.

EDAD:

La edad mínima requerida para la obtención del permiso de conducción será la siguiente:

  • 14 años cumplidos para el permiso de la clase AM; a partir del 01/09/2010 se exigirá haber cumplido 15 años. No obstante, hasta los 18 años cumplidos no autoriza a transportar pasajeros.

  • 16 años cumplidos para el permiso de la clase A1

  • 18 años cumplidos para el permiso de la clase A2, B, B+E, BTP, C1, C1+E

  • 20 años cumplidos para el permiso de la clase A

  • 21 años cumplidos para el permiso de la clase C, C+E, D1, D1+E

  • 24 años cumplidos para el permiso de la clase D, D+E


 

viernes, 18 de septiembre de 2015

La prueba psicotécnica en la oposición de la Guardia civil

 

La Resolución 160/38045/2015, de 6 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, recoge entre sus bases la regulación de la segunda prueba de la oposición.

Prueba psicotécnica: Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:


a) Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de tests de inteligencia general y/o escalas específicas que evalúen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo.


b) Perfil de personalidad: Se evaluarán mediante tests que exploren las características de personalidad, aptitudinales y motivacionales.


Los resultados de las pruebas psicotécnicas aplicadas serán tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.

 

jueves, 17 de septiembre de 2015

El certificado médico en la oposición de Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía recoge, en su base 6.1.1, como requisito obligatorio para realizar la primera prueba de la oposición (Primera prueba (aptitud física)), el aportar un certificado médico acreditativo del estado general del opositor, en el que se certifique  que es apto para cumplir con los requisitos físicos del Cuerpo.

Así, expresamente establece que:

Para la realización de la prueba, los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

 

Sobre el Certificado Médico Oficial:

El certificado médico oficial necesario lo puede rellenar el  médico de familia o de cabecera del aspirante. Si  pone pegas para rellenarlo,  hay centros especializados que se dedican a hacerlos para el carnet de conducir y similares.

Lo pueden hacer de su puño y letra o en un modelo oficial que se venden en las farmacias.

El médico debe completarlo con los siguientes datos: Nombre completo del Opositor, DNI del opositor, Texto: “Reúne las condiciones necesarias para la realización de las pruebas de aptitud física, para el ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía”, Fecha de la realización de las pruebas, Lugar de realización de las pruebas, Firma del Médico, Sello del Colegio de Médicos.

Si el aspirante lo solicita  en un centro especializado ellos mismos tienen el modelo de certificado.

martes, 15 de septiembre de 2015

Consulta de la plantilla de respuestas de la primera prueba de la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias

Con fecha de 14 de Septiembre, se ha publicado en la página oficial de la DGGC, las plantillas de respuestas correspondientes a la primera prueba realizada el pasado 12 de Septiembre.  Esta plantilla incluye, los tres modelos presentados a examen, así como las diferentes partes de esta prueba que comprenden ortografía, idioma (francés o inglés) y conocimientos (teoría).

Para consultar estas plantillas debe seguirse el siguiente enlace:

http://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/ingresocuerpo

y pinchar en el siguiente link:

Plantilla de respuestas prueba de ortografía, conocimientos e idioma


lunes, 14 de septiembre de 2015

Las pruebas físicas en Policía Nacional

Mediante la Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, se establece la descripción de las pruebas físicas de la convocatoria 2015.

Primer ejercicio (Hombres y Mujeres):


Con la salida de pie, detrás de la línea de partida, el opositor debe realizar el recorrido que figura en el siguiente gráfico representativo. Es nulo todo intento en el que el candidato derribe alguno de los banderines o vallas que delimitan el recorrido o se equivoque en el mismo. Se permiten dos intentos sólo a los opositores que hagan nulo el primero.


viernes, 11 de septiembre de 2015

La primera prueba de la fase de oposición Cabos y Guardias civiles

El programa de conocimientos se encuentra publicado en el apéndice A de la Orden de 9 de abril de 1996, por la que se aprueban las bases y circunstancias aplicables a los procesos selectivos para ingreso en los centros militares de formación para acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil (BOE núm. 92/1996).


Esta  prueba se compone de:




  • Ortografía. Consistirá en la realización de un ejercicio de ortografía. El tiempo para esta prueba será de diez (10) minutos

  • Prueba de conocimientos: Consistirá en la contestación a un cuestionario de cien (100) preguntas concretas, extraídas de los temas que figuran en el apéndice «A» del anexo a la Orden de 9 de abril de 1996. El tiempo para esta prueba será de una hora y treinta minutos (1 hora 30 minutos). En ella se preguntará por el temario desarrollado en el apéndice A mencionado con los apartados de Ciencias Jurídicas, Materias socio-culturales y Materias técnico científicas.

  • Lengua extranjera.  Prueba de lengua extranjera: Consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas sobre el idioma –inglés o francés– elegido por el aspirante en la instancia. No obstante, en la realización de la prueba deberá indicar en la hoja de respuestas y en la forma que se le indique el idioma elegido. De no indicar ninguno en ese momento, se entenderá que opta por idioma inglés. El tiempo para esta prueba será de veinte (20) minutos.


 

jueves, 10 de septiembre de 2015

Fecha de la primera prueba de la convocatoria 2015 de la escala básica de Policía Nacional

Con fecha de 10 de septiembre de 2015 se ha publicado en la página oficial de la DGPN  la Resolución de 2 de septiembre de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se hace pública la lista definitiva de admitidos y excluidos, y se fija el calendario para la realización de la primera prueba.

Dicha Resolución se puede consultar en el siguiente enlace:

http://www.policia.es/oposiciones/e_basica.html

La mencionada resolución contiene la siguiente regulación:

Aprobar y hacer pública la lista definitiva de admitidos a la oposición, con indicación, para cada aspirante, del número de opositor, del ejercicio voluntario de idioma y de la ciudad sede de examen para cada prueba.

Dicho listado se halla expuesto al público en la Subdirección General de Ayudas a Víctimas del Terrorismo y de Atención Ciudadana, del Ministerio del Interior (C/ Amador de los Ríos, núm. 8, de Madrid; Teléfono 902150002) y en las páginas web: http://www.policia.es y

www.administracion.gob.es

miércoles, 9 de septiembre de 2015

Titulaciones, reconocimientos y Convalidaciones de estudios en la Guardia civil

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, regula entre su articulado, los reconocimientos y convalidaciones de estudios así como las titulaciones cursadas, que servirán como reconocimiento de formación adquirida.

Así, el artículo 46, ubicado dentro del CAPÍTULO IV sobre los Planes de estudios, del TÍTULO IV "Enseñanza en la Guardia Civil", recoge expresamente que:

Se podrá efectuar reconocimiento de formación de asignaturas o grupo de ellas similares en créditos y contenidos, cursadas en el Sistema Educativo Español, en las Fuerzas Armadas, o en centros docentes de otros cuerpos policiales y las cursadas en la enseñanza de la Guardia Civil, según se determine reglamentariamente.


A los miembros de la Guardia Civil se les expedirán aquellos diplomas o certificaciones que acrediten los cursos superados, las actividades desarrolladas y las especialidades adquiridas. Podrán obtener las convalidaciones, homologaciones, reconocimientos y equivalencias vigentes con títulos oficiales del Sistema Educativo Español de conformidad con la regulación reglamentaria que se establezca.

 

martes, 8 de septiembre de 2015

Nombramiento y asignación de escalafón de los Policías Nacionales

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, recoge en su base 9ª la regulación del nombramiento y escalafonamiento,  una vez  superadas las pruebas selectivas de la oposición  y el módulo de formación práctica en el puesto de trabajo.

Así, expresamente, los alumnos que superen el curso selectivo establecido en la correspondiente convocatoria y el módulo de formación práctica en el puesto de trabajo, serán declarados aptos y nombrados, por el Secretario de Estado de Seguridad, Policías del Cuerpo Nacional de Policía.


El escalafonamiento se llevará a cabo con arreglo a las previsiones contenidas en la normativa vigente en el momento de su aplicación.

 

lunes, 7 de septiembre de 2015

Asignación de sedes y aulas en las pruebas escritas de la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles

Con fecha de 4 de septiembre de 2015 se ha publicado en la página DGGC la lista definitiva de admitidos y excluidos a las pruebas de acceso a la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias civiles, así como la asignación de las  sedes a los aspirantes admitidos.

Dicha lista se puede consultar en los siguientes enlaces:

http://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/ingresocuerpo

http://www.guardiacivil.es/documentos/pdfs/2015/ingreso2015/ADMITIDOS_Y_EXCLUIDOS_DEFINITIVOSx_SEDESx_AULAS_INGRESO_GUARDIAS_2015.pdf

Hay que recordar que  La presentación a las pruebas de ortografía, conocimientos, lengua extranjera y psicotécnica se realizarán el día 12 de septiembre de 2015 en las sedes peninsulares e Illes Balears a las 7:30 horas y en las Islas Canarias a las 6:30 horas.

viernes, 4 de septiembre de 2015

Exclusiones durante el curso de formación en la convocatoria 2015 de la escala básica de la Policía Nacional

Mediante la Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, se recoge en su base 8ª, la regulación de las exclusiones durante el curso de formación o el módulo de formación práctica.

Expresamente establece que los alumnos aspirantes a ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía que, ya en la Escuela Nacional de Policía o en período de prácticas, evidencien cualquier causa de las que figuran en el correspondiente cuadro de exclusiones médicas de la convocatoria, serán sometidos a examen médico por un Tribunal integrado por tres facultativos, nombrados por el Director General de la Policía. El Director de la Escuela podrá adoptar, como medida cautelar, la separación provisional del interesado de la actividad formativa, por plazo no superior a quince días.

El Director General de la Policía, a la vista del dictamen médico que se emita, podrá acordar la separación definitiva del afectado, en función de la gravedad del defecto físico o enfermedad, y perderá todos los derechos a su nombramiento como funcionario de carrera derivados de su participación en el proceso selectivo.


Será excluido del proceso de selección o causará baja en la Escuela Nacional de Policía el aspirante a ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía que resulte condenado por delito doloso, o separado de otros cuerpos de las administraciones públicas, por actos cometidos antes o después de ser admitido a la correspondiente oposición.

 

 

jueves, 3 de septiembre de 2015

Adelanto de la lista definitiva de admitidos y excluidos provisionales de la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias

Con fecha de 3 de Septiembre se ha publicado en la página oficial de la DGGC un adelanto de la lista definitiva de admitidos y excluidos definitivos de la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias.

Este adelanto no tiene carácter de lista definitiva hasta que no se publique en el BOE con la posible subsanación de errores, y por tanto contra sus defectos o fallos no cabe ningún tipo de recurso administrativo. Su finalidad es evitar con antelación posibles errores en la lista definitiva. No obstante, todas las observaciones serán analizadas por la DGGC, pudiendo verse modificadas en próximas publicaciones del Boletín Oficial del Estado e Internet.

Dicho listado puede consultarse en los siguientes enlaces:

http://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/ingresocuerpo

http://www.guardiacivil.es/documentos/pdfs/2015/ingreso2015/AdelantoAdmitidosExcluidosDefinitivossedesaulasingreso2015.pdf

 

miércoles, 2 de septiembre de 2015

Los méritos profesionales puntuables en el concurso oposición de Cabos y Guardias civiles

Los méritos que son evaluables y puntuables en las convocatorias por concurso-oposición de la Guardia civil se recogen en el  artículo 6.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 de junio (BOE número 155).

Este artículo recoge que:

Solamente se considerarán aquellos méritos que figuren en este apéndice y que se posean en el plazo de presentación de instancias establecido en la respectiva convocatoria.


 Méritos profesionales: La puntuación obtenida por méritos profesionales será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 18 puntos.


A) Exclusivo para plazas reservadas a militares de tropa y marinería (conforme a la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería).


1. Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 1 punto.


2. Tiempo de servicios prestados como militar de tropa y marinería:

martes, 1 de septiembre de 2015

La no incorporación al curso y módulo de prácticas en la convocatoria 2015 de la escala básica de Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía,  recoge entre sus bases, la regulación de la No incorporación al curso y módulo de prácticas una vez superada la fase de oposición. Así,  quienes por causa debidamente justificada, apreciada por el Director General de la Policía, no puedan incorporarse al curso que le corresponda o continuar en él, podrán hacerlo en el primero que se celebre, una vez desaparecidas aquellas circunstancias que lo originaron, sin que se pueda aplazar la incorporación más de dos cursos o módulos. Aquellos alumnos que, en los mismos casos, no puedan realizar o completar el módulo de formación práctica, lo harán tan pronto como cesen dichas circunstancias. En ambos casos, el posterior escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice aquél.

Nueva Ley de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Con fecha de 6 de Diciembre se ha publicado en el BOE  la  Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garan...