viernes, 3 de julio de 2015

La comprobación del no consumo de sustancias tóxicas en la convocatoria 2015 de la escala básica de la Policía Nacional

La Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, recoge entre sus bases (específicamente la 6.4) que, el Tribunal calificador, puede decidir en cualquier momento realizar análisis aleatorios para descartar el consumo de sustancias prohibidas.

Así, se establece que, independientemente de la finalidad de la parte a) de la tercera prueba (reconocimiento médico) descrita en la base 6.1.3 de esta resolución, a los aspirantes se les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo, análisis de sangre y orina o cualquier otro que se estime conveniente para detectar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos.


La participación en el proceso lleva implícita la autorización expresa para la realización de estos análisis.


Si el interesado se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal durante la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento durante las del curso de formación profesional y periodo de prácticas, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión del proceso.

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