jueves, 16 de octubre de 2014

Comprobación de ausencia de sustancias tóxicas en los aspirantes de Policía Nacional

Mediante la Resolución de 24 de junio de 2014, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, se establece en el apartado 6.4 de las bases de la convocatoria, sobre el consumo de sustancias tóxicas lo siguiente: 

6.4 Consumo de sustancias tóxicas.


Independientemente de la finalidad de la parte a) de la tercera prueba (reconocimiento médico), a los aspirantes se les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo, análisis de sangre y orina o cualquier otro que se estime conveniente para detectar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos.


La participación en el proceso lleva implícita la autorización expresa para la realización de estos análisis.


Si el interesado se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal durante la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento durante las del curso de formación profesional y periodo de prácticas, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión del proceso.

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nueva Ley de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Con fecha de 6 de Diciembre se ha publicado en el BOE  la  Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garan...