- La determinación de los requisitos de aptitud psicofísica para la obtención y renovación de las autorizaciones administrativas para conducir en colaboración con la autoridad sanitaria y de acuerdo al avance científico y técnico, así como los criterios relativos a la interferencia en la conducción de las drogas, estupefacientes, psicotrópicos y estimulantes.
Con objeto de garantizar la aptitud de los conductores para manejar los vehículos con el menor riesgo posible, la conducción de vehículos a motor y ciclomotores, la DGT exigirá haber obtenido previamente la correspondiente autorización administrativa.
Requisito de EDAD:
La edad mínima requerida para la obtención del permiso de conducción será la siguiente:
- 14 años cumplidos para el permiso de la clase AM; a partir del 01/09/2010 se exigirá haber cumplido 15 años. No obstante, hasta los 18 años cumplidos no autoriza a transportar pasajeros.
- 16 añoscumplidos para el permiso de la clase A1
- 18 años cumplidos para el permiso de la clase A2, B, B+E, BTP, C1, C1+E
- 20 añoscumplidos para el permiso de la clase A
- 21 años cumplidos para el permiso de la clase C, C+E, D1, D1+E
- 24 años cumplidos para el permiso de la clase D, D+E
OTROS REQUISITOS Necesarios:
- Tener la residencia normal en España o, de ser estudiante, demostrar la calidad de tal durante un período mínimo continuado de seis meses en territorio español, y haber cumplido la edad requerida.
- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del que se posea
- Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase de permiso que se solicite.
- Ser declarado apto por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico en las pruebas teóricas y prácticas, en relación con la clase del permiso solicitado.
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